- ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE EMITE EL PROTOCOLO DE SEGURIDAD SANITARIA PARA EL EJERCICIO DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES EN EL PROCESO ELECTORAL CONCURRENTE ORDINARIO 2020-2021. (CG-A-41/21).

Fecha de publicación26 Abril 2021
SecciónTercera Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 19Abril 26 de 2021 (Tercera Sección)
CG-A-41/21
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE EMITE EL PROTOCOLO DE
SEGURIDAD SANITARIA PARA EL EJERCICIO DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES EN EL PROCESO ELECTORAL CONCURRENTE
ORDINARIO 2020-2021.
Reunidos de manera virtual en sesión extraordinaria, las y los integrantes del C onsejo General, previa convocatoria de su presidente y determinación
del quórum legal, con base en los siguientes:
R E S U L T A N D O S
I. El día siete de febrero de mil novecien tos ochenta y cuatro, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el D ecreto por medio del cual
fue expedida la Ley General de Salud.
II. En fecha diez de febrero de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la F ederación el Decreto por el que se reforman, adicionan
y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Un idos Mexicanos (en adelante “CPEUM), en materia político-electoral;
Decreto de reforma que contiene disposiciones que modifican la estructura, funciones y objetivos de este organismo público local electoral.
III. El día veintiocho de julio de dos mil catorce, derivado de la r eforma constitucional en materia político-electoral señalada en el Resultando
inmediato anterior, se publicó en el Periódico Oficial del E stado de Aguascalientes el Decreto por el que se reforman y adicionan dive rsos artículos
IV. En fecha dos de marzo de dos mil quince, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, Tercera Sec ción, Tomo LXXVIII,
Núm. 9, el Decreto Número 152 por el que se expidi ó el Código Electoral para el Estado de Aguascalientes (en lo sucesivo “Código Electoral”).
V. En fecha once de julio de dos mil dieciséis se publicaron en el Periódico Oficial del Estado de Aguasc alientes, Primera Sección, Tomo
LXXIX, Núm. 28, los Decretos Números 354 y 355, po r medio de los cuales se realizaron adiciones al Código Electoral.
VI. En fecha veintinueve de mayo de dos mil diecisiete, se p ublicó en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, Primera Sección,
Tomo LXXX, Núm. 22, el Decreto número 91, por el que se adicionaron, reformaron y derogaron diversos artículos del Código Electoral.
VII. En fecha veintisiete de junio de dos mil dieciocho, se publicó en el Peri ódico Oficial del Estado de Aguascalientes, Sección Extraordinaria,
Tomo XIX, Núm. 16, el Decreto Número 334, por el q ue se adicionaron, reformaron y derogaron diversos artículos del Código Electoral.
VIII. En fecha diez de septiembre de dos mil dieciocho, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, Primera Secció n, Tomo
LXXXI, Núm. 37, el Decreto número 393, por el que se adicionaron y reformaron diversas disposiciones del Código Electoral.
IX. El día trece de mayo de dos mil diecinueve, se public ó en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, Prim era Sección, Tomo
LXXXII, Núm. 19, el Decreto número 149, por el que se adicionaron y reformaron diversas disposiciones del Código Electoral.
X. En fecha veintinueve de noviembre del dos mil diecinueve, fueron publicad as en el Diario Oficial de la Federación, las reformas realizadas
XI. A finales del mes de diciembre del año dos mil diecinueve en la ciu dad de Wuhan, China, fueron detectadas dive rsas personas con
enfermedades infecciosas en las vías respiratorias, razón por la cual, tras el creciente número de estas, las y los especialistas en dicho país se dieron
a la tarea de analizar el virus causante de tales padecimientos, encontrando que éste era d e origen desconocido, alertando de dicha situación a la
Organización Mundial de la Salud (en adelante “OMS”), sin embargo, fue hasta el día siete de enero del dos m il veinte cuando las autoridades de
China confirmaron la identificación del virus, el cual inicialmente fue llamado 2019-nCov por la OMS.
XII. En fecha treinta de enero del año dos m il veinte la OMS declaró el brote d e coronavirus1 en China, como una emergencia sanitaria
internacional, debido a que, a esa fecha, según los datos de la Comisión de Salud de China, dicho país ya contaba con un to tal de ciento setenta
(170) personas muertas por coronavirus y siete mil setecientas once (7,711) personas contagiadas, y además, el virus ya se había propagado a otros
países del sureste asiático, de Europa y América.
XIII. El día veintiocho de febrero del dos mil veinte, la Secretaría de Salud en México confi rmó la llegada del coronavirus a nuestro país, lo que
implicaba que la nación entraba a la Fase 1 de contagio, puesto que el virus había llegado por medio de dos per sonas que fueron infectadas en el
extranjero.
XIV. En fecha once de marzo del dos mil veinte, la OMS dio a conocer que tras los casos elevados d e coronavirus -cuya enfermedad se
identificó posteriormente como COVID-19- el brote ah ora sería considerado como pandemia2, en virtud a que, a la fecha se habían reportado un total
de ciento dieciocho mil (118,000) entre infectados e infectadas en ciento catorce (114) países, y además se contaba con cuat ro mil doscientas noventa
y un (4,291) personas fallecidas en distintas partes del mundo, razón por la que fue considerada como una emerge ncia de salud pública de relevancia
internacional.
1 Según la OMS el coronavirus es una extensa familia de virus que pueden causar enfermedades tanto en animales como en humanos. En los humanos, varios coronavirus
causan infecciones respiratorias que pueden ir desde el resfriado común hasta enfermedades más graves como el síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS) y el
síndrome respiratorio agudo severo (SRAS).
2 Según la OMS, la pandemia es definida como la propagación mundial de una enfermedad.

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