Periódico Oficial 'Tierra y Libertad' del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 22 de Octubre de 2014

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Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 22 de Octubre de 2014
INSTITUTO DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL
ESTADO DE MORELOS
Resumen de Convocatoria de la Licitación Pública
Nacional presencial número EA-917042984-N2-
2014, referente a la Adquisición de Mobiliario
Escolar, para el Instituto de Educación Básica del
Estado de Morelos.
………………………………Pág. 55
Resumen de Convocatoria de la Licitación Pública
Nacional presencial número EA-917042984-N1-
2014, referente a la Adquisición de Materiales y
Útiles Menores de Oficina, para el Procesamiento
de Datos, Herramientas, Refacciones y Accesorios
Menores para el Instituto de Educación Básica del
Estado de Morelos.
………………………………Pág. 56
SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE
OPERADOR DE CARRETERAS DE CUOTA
Reglamento de la Unidad de Información Pública
del Organismo Público Estatal Descentralizado
denominado Operador de Carreteras de Cuota.
………………………………Pág. 57
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE
MORELOS
Acuerdo Plenario del Juicio para la Protección de
los Derechos Político Electorales del Ciudadano,
Expediente TEE/JDC/037/2013-2.
………………………………Pág. 61
Acuerdo Plenario del Juicio para la Protección de
los Derechos Político Electorales del Ciudadano,
Expediente TEE/JDC/005/2013-1 y sus Acumulados
TEE/JDC/006/2013-1, TEE/JDC/007/2013-1,
TEE/JDC/008/2013-1 y TEE/JDC/009/2013-1.
………………………………Pág. 67
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUERNAVACA
Acuerdo AC/SO/24-VII-2014/303.- Por el cual se
autoriza la modificación de los Convenios de
Colaboración PM/47/2011 y PM/48/2011, suscritos
con la persona moral denominada
“Comercializadora Rowe”, S.A. DE C.V. e
“Infraestructura Tecnológica y de
Comunicaciones”, S.A. DE C.V.
………………………………Pág. 77
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
JIUTEPEC
Programa de Protección Civil del Municipio de
Jiutepec, Morelos.
………………………………Pág. 80
Acuerdo SM/343/19-09-14.- Se autoriza modificar
el destino original para el que fue comprado el
inmueble denominado como Parcela 154 Z-1 P-2,
identificado con la clave catastral 1400-21-022-
040, ubicado en la Colonia Emiliano Zapata,
Municipio de Jiutepec, Morelos
………………………………Pág. 88
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TEMOAC
Reglamento de la Unidad de Información Pública
del Municipio de Temoac, Morelos.
………………………………Pág. 89
Reglamento de Mejora Regulatoria para el
Municipio de Temoac.
………………………………Pág. 92
Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo
Gobierno Municipal Constitucional de Temoac,
Morelos.
………………………………Pág. 97
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
YAUTEPEC
Acuerdo Resolutivo de Pensión por Invalidez,
dictado previa Revisión al respecto, por los
Funcionarios que integran la H. Comisión
Dictaminadora de Pensiones de este Municipio.
………………………………Pág. 105
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
ZACATEPEC
Reglamento de la Unidad de Información Pública
del Municipio de Zacatepec.
………………………………Pág. 108
EDICTOS Y AVISOS
………………………………Pág. 112
22 de Octubre de 2014 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
ACTOR: MUNICIPIO DE CUERNAVACA,
ESTADO DE MORELOS.
PONENTE:
MINISTRO ALBERTO PEREZ DAYAN.
SECRETARIA:
MARIA DEL CARMEN ALEJANDRA
HERNANDEZ JIMENEZ.
Vo. Bo.
MINISTRO:
México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda
Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
correspondiente al día nueve de julio de dos mil
catorce.
VISTOS, para resolver la controversia
constitucional identificada al rubro; y
RESULTANDO:
PRIMERO. Demanda. Por escrito presentado el
dieciséis de enero de dos mil catorce en la Oficina de
Certificación Judicial y Correspondencia de esta
Suprema Corte de Justicia de la Nación, Fernando
Josaphat Martínez Cué, en su carácter de Síndico
Municipal del Ayuntamiento Constitucional de
Cuernavaca, Morelos, promovió controversia
constitucional en contra del Congreso, de la Comisión
de Trabajo, Previsión Social y Fomento Cooperativo
del Congreso, de la Mesa Directiva del Congreso y del
Gobernador Constitucional, todos del Estado de
Morelos, por los actos que a continuación se señalan:
“1.- DE LA COMISIÓN DE TRABAJO,
PREVISIÓN SOCIAL Y FOMENTO COOPERATIVO
DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS
reclamo; la invalidez del proyecto del decreto
condenatorio de fecha 27 de noviembre de 2013 que
presentó a los integrantes de la mesa Directiva del
Congreso del Estado de Morelos mediante el cual la
autoridad señalada anteriormente determina someterlo
a discusión a efecto de que se apruebe: --- A)
Conceder pensión por cesantía en edad avanzada al
C. FRANCISCO LEÓN GUZMÁN, quien se
desempeñaba como Director de Área en la Dirección
de Fomento a la Inversión del H. Ayuntamiento de
Cuernavaca, Morelos. --- B) La pensión decretada
deberá cubrirse al 55% del último salario del
solicitante, de conformidad con el inciso b) del artículo
59 de la Ley del Servicio Civil del Estado y será
cubierta a partir del día siguiente a aquel en que el
trabajador se separe de sus labores por el H.
Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos, dependencia
que realizará el pago en forma mensual con cargo a la
partida destinada para pensiones. --- c) La pensión
concedida deberá incrementarse de acuerdo con el
aumento porcentual al salario mínimo general del área
correspondiente al Estado de Morelos, integrándose
por el salario, las prestaciones, las asignaciones y el
aguinaldo, de conformidad con lo establecido por el
artículo 66 de la Ley del servicio Civil del Estado (sic).
--- 2.- DE LA MESA DIRECTIVA DEL
CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS. Reclamo
la invalidez de la aprobación del decreto condenatorio
número mil veintidós de fecha cuatro de diciembre de
dos mil trece, (sic), Publicado en el Periódico Oficial
‘Tierra y Libertad’; del Gobierno del Estado, número
5145 con fecha 4 de diciembre del 2013; ASÍ COMO
TODOS SUS EFECTOS Y CONSECUENCIAS EN
TANTO QUE OCASIONARÁN A MI REPRESENTADA
Y LE OCASIONARÁN PERJUICIOS
CONSTITUCIONALES IRREPARABLES COMO SE
DESCRIBE EN EL ESCRITO DE ESTA DEMANDA…
(sic). --- 3.- DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE
MORELOS reclamo la invalidez de; --- La expedición
del decreto condenatorio sin previa audiencia número
mil veintidós de fecha cuatro de diciembre de dos mil
trece (sic), Publicado en el Periódico Oficial ‘Tierra y
Libertad’; del Gobierno del Estado, número 5145 con
fecha 4 de diciembre del 2013; ASÍ COMO TODOS
SUS EFECTOS Y CONSECUENCIAS EN TANTO
QUE OCASIONARÁN A MI REPRESENTADA Y LE
OCASIONARÁN PERJUICIOS CONSTITUCIONALES
IRREPARABLES COMO SE DESCRIBE EN EL
ESCRITO DE ESTA DEMANDA… (sic) --- 4.- DEL
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MORELOS reclamo; La expedición del decreto
condenatorio sin previa audiencia número mil veintidós
de fecha veintisiete de noviembre de dos mil trece
(sic), Publicado en el Periódico Oficial ‘Tierra y
Libertad’; del Gobierno del Estado, número 5145 con
fecha 4 de diciembre del 2013; ASÍ COMO TODOS
SUS EFECTOS Y CONSECUENCIAS EN TANTO
QUE OCASIONARÁN A MI REPRESENTADA Y LE
OCASIONARÁN PERJUICIOS CONSTITUCIONALES
IRREPARABLES COMO SE DESCRIBE EN EL
ESCRITO DE ESTA DEMANDA…”.
SEGUNDO. Antecedentes. En la demanda se
señalaron como antecedentes los siguientes:
“… Primero.- Con fecha 16 de enero del 2013 el
C. Francisco León Guzmán ingresó a prestar sus
servicios para mi representada en su carácter de
Director de Área, en la Dirección de Fomento a la
Inversión, desempeñando sus servicios hasta el día 24
de mayo de 2013, fecha en la cual le fue expedida la
constancia de trabajo.
Segundo.- Es el caso de que con fecha 11 de
diciembre del 2013, se presentó ante mi representada
el C. Francisco León Guzmán a efecto de hacer de
nuestro conocimiento que mediante decreto número
mil veintidós de fecha cuatro de diciembre del dos mil
trece; publicado en el Periódico Oficial “Tierra y
Libertad”; del Gobierno del Estado, número 5145 con
fecha 04 de diciembre del 2013, se había dictado
resolución en contra de mi representada en donde
condenaba a esta a:
a) Determinar en su conceder pensión por
cesantía en edad avanzada al C. Francisco León
Guzmán, quien se desempeñaba como Director de
Área, en la Dirección de Fomento a la Inversión del H.
Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos.

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