Yerra tiro el Congreso al gravar la cacería

AutorDaniel Millán

En busca de más recursos, el Congreso puso en su mira a los cazadores e incrementó doce veces -de 21 mil a 270 mil pesos- el precio por matar a un borrego cimarrón, el trofeo cinegético más preciado de América del Norte.

Sin embargo, según la Secretaría de Recursos Naturales y Medio Ambiente (Semarnat), la buena intención de los diputados, al buscar proveer más recursos para el cuidado ecológico, podría venirse abajo por un error, que supone de redacción, por parte de los legisladores.

Según Raúl Arriaga, subsecretario de Gestión para la Protección Ambiental, la equivocación no sólo provocará que no se puedan cobrar las nuevas cuotas por cazar especies como el borrego cimarrón, sino que se elimine del todo el cobro de esos derechos por parte del Gobierno.

"Por el aprovechamiento de ejemplares de fauna silvestre en predios federales y zonas federales, y en predios privados que no tengan manejo sustentable de las especies, en los términos de la Ley General de Vida Silvestre, se pagará el derecho de aprovechamiento extractivo por ejemplar...", señala el artículo 238 de la recién reformada Ley Federal de Derechos, que en seguida enlista las especies y las tarifas.

El problema del texto, advierte Arriaga, es que excluye del cobro a los predios privados que sí tienen manejo sustentable, cuando son precisamente éstas donde se encuentran las especies referidas y donde se permite y estimula la caza legal.

"Aquí lo que se entiende es que solamente se pagará en predios privados que no tengan manejo sustentable. En las Uma (Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre), que es donde sí se puede hacer el aprovechamiento, no se puede cobrar.

"Nosotros no damos permisos de aprovechamiento si no es a una unidad de manejo, entonces resulta que aquí hay una muy buena intención pero que no se va a poder operar", apunta el funcionario federal.

"Porque no podemos dar permisos, de acuerdo con la Ley de Vida Silvestre, y particularmente para una especie como el borrego cimarrón, fuera de una Uma", detalla.

El artículo 238 contempla el pago del 25 por ciento del derecho "en los casos en que el aprovechamiento se autorice a los titulares de unidades de manejo para la conservación de la vida silvestre de las que formen parte los predios federales o zonas federales, previa celebración del convenio de concertación correspondiente".

Sin embargo, de acuerdo con Wilebaldo Cruz, asesor jurídico de la subsecretaría de la Gestión, siguen sin contemplarse las...

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