Ejecutoria nº I-TS-7642 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 1968

Número de resoluciónI-TS-7642
Fecha de publicación01 Abril 1968
Número de expedienteS/N/59
Fecha01 Abril 1968
Número de registro35440
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorAño XXXII. Nos. 376-378. Abril - Junio. 1968.
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

VISTOS para resolver en definitiva los autos del juicio número 304/67; y

R E S U L T A N D O :

I. Por escrito de 17 de enero del año en curso; compareció ante este Tribunal el señor R. elL.B., demandando por su propio derecho y además con la representación legal de Deportes de México, S.A., la nulidad de la resolución de la Dirección General de Aduanas de 19 de diciembre de 1966 emitida en el expediente 95/65 instruido por el Departamento de Control de Servicios de la propia Dirección. En el capítulo de hechos expresa el actor lo siguiente: Que por lo que se refiere a la importación de 293 pares de zapatos tenis marca “Converse”; operación respecto de la cual la Dirección General de Aduanas pretende imputarle la comisión de la infracción de contrabando, que en su carácter de destinatario de las propias mercancías contrató con Baigelman and Company Inc. de Nueva York la compra de dichos efectos; que la casa vendedora, esto es Baigelman and Company, remitió la mercancía en cuestión al amparo de la factura número 4449 expedida el 28 de septiembre de 1964 a favor de Deportes de México, S.A., con los siguientes datos: No. 1/10 596 Lbs., 223 Prs. No. 9162 Converse, A.S.C.T.C.B.W., $7.10 Pr., valor total $1,583.80 y que además tiene las siguientes anotaciones; M.: D.M., México, 1407 Nos. 1/10 Inc. F.E., S. consigned: Stricklan Motor Transportation Co., c/o Alma Express Co. c/o Fletes Aéreos de México, S.A., 1651 G.S., Brownsville, Texas, M. in the United States of America. Que de Brownsville, Texas, E.U.A., los multicitados 223 pares de zapatos fueron transportados a México, D.F., por conducto de Fletes Aéreos de México, S.A., quien promovió lo conducente para el despacho de la mercancía, encargándose de toda la tramitación y a cuya conclusión la remitió al domicilio del actor; que posteriormente solicitó de Baigelman and Co., la cotización de otra partida de zapatos tenis, a reserva de que una vez que tuviera en su poder la mercancía que había comprado en firme y supera el costo de la misma incluyendo fletes, impuestos aduanales y gastos, etc., resolverla sobre particular, razón por la cual la casa mencionada expidió la factura número 4449 con fecha 13 de octubre de 1954, correspondiente a una mercancía que finalmente no llegó a adquirir Deportes de México, S.A.; que por último como resultado de la visita de inspección practicada por el personal de la oficina de Inspección Fiscal Federal le fueron secuestrados los multicitados 223 pares de zapatos, ya que a juicio del personal de la oficina en cuestión la mercancía no había sido despachada correctamente por la Aduana del Puerto Central Aéreo pues consideraron que en el caso se habían cubierto los impuestos aduaneros al amparo de una fracción arancelaria de menor cuota de la que realmente corresponde y que por lo que se refiere a los 17 atados con cañas de bambú para pescar, con peso de 126 Kgs. y 1,641 unidades en total, en la visita de inspección aludida, el personal de la oficina de Inspección Fiscal también los secuestró al considerar que no se exhibió ningún documento con el cual se acreditara su tenencia o legal importación al país; que durante la secuela del procedimiento administrativo instruido por la Dirección General de Aduanas en el expediente...

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