Ejecutoria nº I-TS-7516 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 1967

Número de resoluciónI-TS-7516
Fecha de publicación01 Enero 1967
Número de expediente285/67
Fecha01 Enero 1967
Número de registro33530
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorAño XXXI. No. 361. Enero-Marzo. 1967.
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

SIENDO las once horas treinta minutos del día veintisiete de marzo de mil novecientos sesenta y siete, día y hora señalados para que tuviera lugar la audiencia de ley en el juicio fiscal número 285/67 promovido por E.C.M. en contra de la Oficina Federal de Hacienda de Zitácuaro, Mich., y Secretaría de Hacienda y Crédito Público y estando debidamente integrada la Quinta Sala del Tribunal Fiscal de la Federación con los CC. Magistrados R.G. delR., M.A.S. y J.I.G., se declaró abierta la audiencia. El C.S. dio cuenta a la Sala con el hecho de que la Procuraduría Fiscal de la Federación en su oficio de contestación a la demanda, propuso una causal de sobreseimiento en el presente juicio, fundada en que en contra del procedimiento administrativo de ejecución sólo cabe objeción, si existe resolución aprobando el remate. La Sala acordó: se abre el incidente establecido por la fracción II del artículo 196 del Código Fiscal de la Federación. La Sala consideró improcedente la causal de sobreseimiento propuesta ya que el actor en realidad no está objetando el procedimiento administrativo de ejecución en si mismo, sino que la aplicación de este procedimiento se hace a su persona, por considerar que tiene responsabilidad solidaria con la sociedad denominada Correa y L.. Que por lo mismo no está dentro del caso señalado por la fracción V del artículo 160 del Código Fiscal de la Federación. Por lo mismo esta S. determinó: No es de sobreseerse ni se sobresee el presente juicio fiscal número 285/67. Continúese el procedimiento y en su oportunidad notifíquese. Inmediatamente después el C.S. dio lectura al escrito de demanda, oficios de contestación y demás constancias de autos, y habiendo sido exhibidas todas las pruebas aportadas por las partes, se declararon Vistos los autos para ser fallados en su oportunidad, con lo que concluyó la audiencia firmando esta acta los CC. Magistrados que integran la Quinta Sala del Tribunal, ante el C.S., que da fe.

Vistos los autos del expediente 285/67 promovido por E.C.M. en contra de la Oficina Federal de Hacienda en Zitácuaro Mich., y Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y

R E S U L T A N D O

PRIMERO

Por escrito presentado ante este Tribunal el 8 de enero de 1967, compareció el Sr. E.C.M. por su propio derecho, demandando la nulidad de la resolución en que se le fincó una responsabilidad personal de tipo fiscal en lo que se refiere a un crédito que por cantidad...

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