Ejecutoria nº I-TS-7459 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 1966

Número de resoluciónI-TS-7459
Fecha de publicación01 Enero 1966
Número de expediente4437/66
Fecha01 Enero 1966
Número de registro32870
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorAño XXX. Nos. 349 - 360. Resoluciones dictadas por las Salas durante el año de 1966. Tomo II.
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

México, Distrito Federal, a primero de diciembre de mil novecientos sesenta y seis. VISTOS para pronunciar resolución por la Séptima Sala del Tribunal Fiscal de la Federación, los autos del juicio N.. 4437/66 promovido por “CABLES MEXICANOS”, S.A., y

R E S U L T A N D O :

PRIMERO

Por escrito de demanda fechado el 14 de octubre próximo pasado, compareció ante este Tribunal, “Cables Mexicanos”, S, A., representada por J.G.A., a demandar la nulidad de la resolución pronunciada por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social con fecha 1°. de agosto del corriente año y bajo el Núm. 170922, por la que resolvió sobreseer el recurso de inconformidad interpuesto por la empresa ahora actora con clave patronal 62198, en los términos del artículo 133 de la Ley del Seguro Social en contra de su clasificación en el grado de riesgo clase IV en que fue colocada por la publicación del Reglamento de Clasificación de Empresas a partir del 29 de enero de 1964; la quejosa en su defensa adujo que los dos motivos en que se apoyó el instituto demandado para sobreseer su recurso son improcedentes, toda vez que no es exacto que haya impugnado como contrario a la Constitución el Reglamento de Clasificación de Empresas publicado en el Diario Oficial en enero de 1964, sino que reclamó la resolución del Instituto por la que la clasificación en la clase de riesgo IV en lugar de considerarla en el riesgo III, acto propio del Instituto, reclamable en los términos del artículo 133 de la Ley de la materia; que tampoco procede la segunda causal de sobreseimiento dado que no es exacto que al ser confirmado el dictamen formulado por el Departamento de Riesgos Profesionales e Invalidez, la Comisión Técnica de Clasificación de Empresas hubiera emitido una segunda resolución que como acto propio del Instituto podía ser reclamada por la demandante, puesto que lo único que hizo dicha Comisión fue conformar nuevamente la clasificación asignada en la clase IV misma que ya había sido reclamada en el recurso ilegalmente sobreseído, por lo que siendo, improcedente dicho sobreseimiento el Consejo Técnico debió entrar a la resolución del fondo de su propia inconformidad.

SEGUNDO

Admitida la demanda y corridos los traslados correspondientes., la contestó el Instituto Mexicano del Seguro Social insistiendo sobre la validez del acuerdo impugnado, aduciendo que toda vez que la quejosa reclamaba un simple acto...

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