Voto, Tribunales Colegiados de Circuito

JuezMagistrado Manuel Juárez Molina
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo XXXI, Mayo de 2010, 2053
Fecha de publicación01 Mayo 2010
Fecha01 Mayo 2010
Número de resolución883/2009
Número de registro40362
MateriaDerecho Civil

Voto particular del Magistrado M.J.M.: Disiento de la opinión de la mayoría en el presente asunto, en el sentido de conceder el amparo y protección de la Justicia Federal al quejoso **********, al considerar fundados los conceptos de violación que hizo valer en cuanto a que es incorrecto el primer argumento que sostuvo la Junta responsable en el sentido de que el escrito de solicitud de ocho de noviembre de dos mil, no reúne los requisitos a que se refiere el artículo 155 de la Ley Federal del Trabajo, porque el trabajador no señaló la naturaleza del trabajo desempeñado.-Ello es así porque, contrario a lo resuelto por la mayoría, el suscrito es de la opinión de que el hecho de que en dicho escrito el actor señalara ciertas categorías en las que se ha desempeñado al servicio de la demandada: operario especialista diversos oficios, ayudante de operario mecánica de piso y otras, no lleva implícita la naturaleza del trabajo desempeñado, máxime que el propio trabajador señaló y otras, por lo que no se tiene la certeza de cuáles fueron esas otras categorías que supuestamente desempeñó al servicio de la demandada.-En efecto, la solicitud que presenten ante el sindicato los trabajadores que tengan el interés en ocupar el puesto vacante, debe reunir los requisitos del artículo 155 de la Ley Federal del Trabajo, el cual dispone: "Los trabajadores que se encuentren en los casos del artículo anterior y que aspiren a un puesto vacante o de nueva creación, deberán presentar una solicitud a la empresa o establecimiento indicando su domicilio y nacionalidad, si tienen a su cargo una familia y quiénes dependen económicamente de ellos, si prestaron servicio con anterioridad y por qué tiempo, la naturaleza del trabajo que desempeñaron y la denominación del sindicato a que pertenezcan, a fin de que sean llamados al ocurrir alguna vacante o crearse algún puesto nuevo; o presentarse a la empresa o establecimiento al momento de ocurrir la vacante o de crearse el puesto, comprobando la causa en que funden su solicitud.".-Requisitos que necesariamente debe contener la solicitud que se elabore, pues son trascendentes y tienen su razón de ser, no sólo porque facilitan la selección del trabajador, sino también porque representan mayor seguridad jurídica para los demás trabajadores aspirantes, ya que con la solicitud completa hay base para demostrar objetivamente la situación de cada uno de los trabajadores, fuera de resoluciones subjetivas o aleatorias. Por ello, la eficacia de la solicitud requiere que ésta contenga todos los datos exigidos por la ley, máxime si se toma en consideración que éstos son parte constitutiva de la solicitud la cual es un requisito de procedibilidad de la acción de preferencia.-Tiene aplicación la jurisprudencia 394, sustentada por la anterior Cuarta S. de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de observancia obligatoria en términos del artículo 192, de la Ley de Amparo visible a página 325, del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo V, Materia del Trabajo, Octava Época, de rubro y texto siguientes: "PREFERENCIA, DERECHO DE. PARA SER EFICAZ, LA SOLICITUD DEL TRABAJADOR ASPIRANTE DEBE CONTENER TODOS LOS DATOS QUE EXIGE EL ARTÍCULO 155 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.-Cada uno de los datos señalados en el artículo 155 de la Ley Federal del Trabajo, como aquellos que debe contener la solicitud del trabajador que aspire a un puesto vacante o de nueva creación, dirigida a la empresa o, en su caso, al sindicato, es trascendente y tiene su razón de ser, no sólo porque facilitan la selección del trabajador, sino también porque representan mayor seguridad jurídica para los demás trabajadores aspirantes, ya que con la solicitud completa hay base para demostrar objetivamente la situación de cada uno, fuera de resoluciones subjetivas o aleatorias. Por ello, la eficacia de la solicitud requiere que ésta contenga todos los datos exigidos por la ley, máxime si se toma en consideración que éstos, son parte constitutiva de la solicitud que, como ha...

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