Voto,

JuezMagistrado Héctor Landa Razo.
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo XXV, Junio de 2007, 1145
Fecha de publicación01 Junio 2007
Fecha01 Junio 2007
Número de resolución6473/2007
Número de registro20767
EmisorTribunales Colegiados de Circuito
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal

Voto aclaratorio del Magistrado H.L.R.: No comparto la opinión de la mayoría, no en cuanto al sentido de la ejecutoria, sino sólo en lo atinente a la consideración que se hizo respecto a la supuesta valoración de la posición 26 articulada en la audiencia de la prueba confesional a cargo del actor, ofrecida por la empresa demandada G., Sociedad Anónima de Capital Variable, en atención a los siguientes motivos.-Como se aprecia en la parte histórica de esta ejecutoria, E.G.V. demandó a varias personas, unas físicas y otras morales, el pago de la indemnización constitucional, salarios caídos, prima de antigüedad, y otras prestaciones, atribuyéndoles la existencia de la relación laboral. Entre ellas destaca la empresa denominada G., Sociedad Anónima de Capital Variable.-Al contestar el reclamo dicha persona moral negó la relación laboral manifestando que el nexo era de otra naturaleza, como de "impulsor de ventas independiente", por lo que se le pagó por única ocasión la cantidad de $46,459.30 (cuarenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y nueve pesos treinta centavos) mediante un recibo de honorarios, y que después del once de junio de mil novecientos noventa y nueve no volvió a intervenir en ninguna operación de ventas.-Seguido el procedimiento la autoridad de instancia emitió un primer laudo el catorce de febrero de dos mil tres, en el que decidió, entre otras cosas, la absolución de G., Sociedad Anónima de Capital Variable, bajo el siguiente argumento: "... III. Que en virtud de que las empresas ... G., S.A. de C.V. ... niega la existencia de la relación de trabajo con el actor, se debe considerar que le corresponde al reclamante demostrar la existencia de tal vínculo, y de los elementos de prueba allegados a este juicio, se encuentra ... por lo que se refiere a la documental de fojas 183 de los autos, consistente en un recibo de honorarios marcado con el número de folio ‘uno’ del que se deduce que el actor recibió la suma de: $46,459.30, como pago por labor de promoción de vivienda de la empresa G., S.A. de C.V., sin que en autos se encuentren otros recibos de tal naturaleza, lo que hace concluir que esa relación fue única para los efectos que se ha señalado ... por lo que se absuelve a los demandados a que se refiere este punto del pago de las prestaciones que les fueron exigidas por el actor en este juicio ..." (foja doscientos ochenta del expediente laboral).-Inconforme el actor promovió demanda de amparo directo que, por razón de turno, conoció este Tribunal Colegiado, radicándolo bajo el toca DT. 16153/2006, mismo que en sesión de veintinueve de agosto de dos mil tres resolvió conceder el amparo solicitado para el efecto de que se repusiera el procedimiento y se admitieran las testimoniales ofrecidas por el actor bajo los incisos I) y J) de su escrito relativo.-En cumplimiento a esa ejecutoria la Junta reparó la violación procesal apuntada, y por laudo de veintidós de febrero de dos mil cinco de nueva cuenta absolvió a G., Sociedad Anónima de Capital Variable, fundamentalmente por las mismas razones que había plasmado en el laudo anterior, como puede apreciarse a fojas cuatrocientos ochenta y cinco y cuatrocientos ochenta y seis del sumario laboral.-En desacuerdo con esta determinación el actor promovió demanda de amparo directo, radicado por este órgano colegiado bajo el DT. 273/2006, y por sentencia ejecutoria pronunciada el uno de junio de dos mil seis concedió el amparo para el efecto de que, entre...

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