Voto, Tribunales Colegiados de Circuito

JuezMagistrado José Manuel Hernández Saldaña.
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo XVIII, Julio de 2003, 1116
Fecha de publicación01 Julio 2003
Fecha01 Julio 2003
Número de resolución3953/2003
Número de registro20177
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal

Voto particular del Magistrado J.M.H.S.: La historia legal del juicio laboral que dio origen a este amparo refleja que después de haber estallado el movimiento de huelga y declarado existente éste, la Unión Sindical de Trabajadores del Bordado, Teñido, Tintorerías, L., Costuras en General de Prendas de Vestir y Actividades Similares y C. en el Distrito Federal, instauró el procedimiento ordinario de imputabilidad. Una vez que la demandada fue emplazada, compareció a juicio, dio contestación y, además, reconvino con la finalidad de que la autoridad diera por terminadas las relaciones laborales. Ante el inicio del citado procedimiento ordinario por parte de la unión sindical, la expectativa sería que las relaciones labores continúen; sin embargo, por medio de la reconvención planteada por la Cámara Nacional del Vestido, las precitadas relaciones laborales se dieron por terminadas. En primer lugar, la reconvención no fue una acción planteada en contra del sindicato actor sino, como ha quedado visto, constituyó solicitud a la Junta del conocimiento para que ésta diera por terminadas las relaciones laborales en la empresa. Por regla general la reconvención está prevista para todo tipo de proceso pero se caracteriza por ser una pretensión encaminada hacia el actor con la finalidad de que la autoridad instructora del proceso determine si es correcta la acción reconvencional mas, se insiste, la pretensión es en contra del actor. Esa regla general tiene excepciones pero la terminación de las relaciones...

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