Vive Guardia Nacional sólo en la Constitución

AutorRolando Herrera

MURAL / México

MÉXICO.- Presente desde el nacimiento constitucional de la República en 1824, protagonista de pasajes como el derrocamiento del Imperio de Maximiliano de Habsburgo y la defensa del territorio mexicano ante la invasión estadounidense de 1847, la Guardia Nacional, pese a su vigencia en la Carta Magna, lleva más de un siglo durmiendo el sueño de los justos.

Mencionada seis ocasiones en la Constitución, la Guardia Nacional, que no es otra cosa que civiles entrenados militarmente en el uso de las armas, no tiene una ley que le dé estructura ni un reglamento que defina sus actividades; desde finales del siglo 19 no ha sido activada.

No obstante, indicó el General en retiro y ex diputado federal Luis Garfias Magaña, está vigente y cualquier Gobernador puede convocar a sus ciudadanos varones mayores de 18 años a conformar este cuerpo.

"Cualquier Gobernador podría decir: 'yo voy a crear la Guardia Nacional, yo la voy a mantener y le voy a pedir a la Secretaría de la Defensa que me mande el armamento y haber qué pasa', claro que lo podría hacer".

Pese al equívoco que podría generar su nombre, agregó Garfias, la Guardia Nacional tiene una génesis y un ámbito de acción estatal, aunque el Presidente tiene la facultad de federalizarla.

Luis Medina, miembro del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), explicó que la Guardia Nacional es un grupo de civiles que ha recibido adiestramiento militar y que puede ser llamado ante ciertas emergencias.

En 1847, explicó, se creó la primera ley para regularla, y en ella se le definió como ejércitos locales cuyos integrantes eran reclutados por los municipios, pero cuyo mando tenían los estados.

"(Se le define) por primera vez como una jerarquía de ciudadanos que mandan ciudadanos, y establecen muy claramente que sus jefes, salvo el comandante general, que lo ponía el Gobernador, pero todos los jefes, oficiales y suboficiales, eran electos", indicó Medina Peña.

En su conformación, dijo Garfias, la Federación tenía la obligación de proporcionar armas, y correspondía a los estados tener un depósito para almacenarlas, así como instalaciones para el personal e instructores militares.

La activación de la Guardia Nacional, indicó el militar en retiro, se daba de manera temporal, y todos los ciudadanos varones, salvo excepciones, estaban obligados a alistarse en cuanto fueran llamados.

Origen estadounidense

La Constitución hace referencia a la Guardia Nacional en los artículos 31, 35, 36, 73, 76 y...

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