Decreto No. 598 Se Concede Pensión por Viudez a La C. María Figueroa Medina, la Cual Se Extinguirá si Contrae Nuevas Nupcias, Entra en Estado de Concubinato, o Por Defunción, Equivalente al 100% de La Percepción que Disfrutaba su Esposo el Señor Fernando Aguilar Torres, quien A la Fecha de Su Fallecimiento Se Encontraba Adscrito a La Nómina de Jubilados y Pensionados de La Burocracia

Fecha de disposición15 Agosto 2009
Fecha de publicación15 Agosto 2009
SecciónAnexos
Número de Gaceta36

DECRETO No. 598

SE CONCEDE PENSIÓN POR VIUDEZ A LA C. MARÍA FIGUEROA MEDINA, LA CUAL SE EXTINGUIRÁ SI CONTRAE NUEVAS NUPCIAS, ENTRA EN ESTADO DE CONCUBINATO, O POR DEFUNCIÓN, EQUIVALENTE AL 100% DE LA PERCEPCIÓN QUE DISFRUTABA SU ESPOSO EL SEÑOR FERNANDO AGUILAR TORRES, QUIEN A LA FECHA DE SU FALLECIMIENTO SE ENCONTRABA ADSCRITO A LA NÓMINA DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA BUROCRACIA.

LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN XL, Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YC O N S I D E R A N D O S :

PRIMERO.-

Que mediante oficio DGG-597/09 de fecha 16 de julio de 2009, la Dirección General de Gobierno, remitió iniciativa suscrita por los CC. Licenciados Jesús Silverio Cavazos Ceballos y Yolanda Verduzco Guzmán, Gobernador Constitucional del Estado y Secretaria General de Gobierno, respectivamente, para otorgar pensión por Viudez a favor de la C. María Figueroa Medina, cuyo expediente le fue turnado a la Comisión Dictaminadora mediante oficio número 3789/09 de fecha 21 de julio del presente año, suscrito por los CC. Diputados Gonzalo Isidro Sánchez Prado y Fernando Ramírez González, en calidad de Secretarios de la Mesa Directiva en funciones.

SEGUNDO.-

Que el C. Lic. J. Reyes Rosas Barajas, Director de Recursos Humanos de la Secretaría de Administración del Gobierno del Estado, mediante Oficio número DRH/0769/2009 de fecha 22 de mayo de 2009, solicitó al Ejecutivo del Estado la iniciación del trámite para autorizar la pensión por Viudez a favor de la C. María Figueroa Medina, quien en su carácter de esposa, resulta ser beneficiaria del extinto señor Fernando Aguilar Torres.

TERCERO.-

Que el difunto señor Fernando Aguilar Torres feneció el día 17 de abril de 2009, según consta en la certificación del acta de defunción No. 425, expedida por el Oficial No. 1 del Registro Civil de Colima, Colima, el día 18 de abril de 2009, quien se encontraba adscrito a la Nómina de Jubilados y Pensionados de la Burocracia, según informes proporcionados por el Director de Recursos Humanos de la Secretaría de Administración del Gobierno del Estado.

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