Decreto no 191 Se Concede Pensión por Viudez en Favor de Las Cc Elena Alcaraz Gamiochipi, Rocina Puga Medina y Rosa Dolores Cruz Salazar

SE CONCEDE PENSIÓN POR VIUDEZ EN FAVOR DE LAS CC. ELENA ALCARAZ GAMIOCHIPI, ROCINA PUGA MEDINA Y ROSA DOLORES CRUZ SALAZAR.

FERNANDO MORENO PEÑA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente

D E C R E T O

El HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCION XL Y 39 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO, EN NOMBRE DEL PUEBLO Y

C O N S I D E R A N D O :

PRIMERO.- Que mediante oficio número DGG-424/99 de fecha 25 de agosto del presente año, se turnó por conducto de la Dirección General de Gobierno, iniciativas suscritas por los CC. Licenciados Fernando Moreno Peña y Jorge Humberto Silva Ochoa, Gobernador del Estado de Colima y Secretario General de Gobierno, respectivamente, para otorgar pensión por viudez a favor de las CC. Elena Alcaraz Gamiochipi, Rocina Puga Medina y Rosa Dolores Cruz Salazar.

SEGUNDO.- Que de conformidad a la fracción IX, del artículo 69, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, son obligaciones de las entidades públicas en las relaciones laborales con sus trabajadores, el otorgarles jubilaciones a los trabajadores varones que cumplan 30 años de servicio y 28 a las mujeres, con el cien por ciento de sus percepciones y pensiones por invalidez, vejez o muerte, de conformidad con lo que disponga el reglamento correspondiente.

TERCERO.- Que en base a lo anterior, el Director de Gestión y Desarrollo de Personal, mediante oficios números DGDP/811,827 y 832/99, de fechas 22 de junio, 8 de julio y 24 de junio del presente año, solicitó al Ejecutivo del Estado la iniciación del trámite para autorizar pensiones por viudez a favor de las CC. Elena Alcaraz Gamiochipi, Rocina Puga Medina y Rosa Dolores Cruz Salazar.

CUARTO.- Que la C. Elena Alcaraz Gamiochipi, en su carácter de esposa, resulta ser beneficiaria del señor José Rodríguez Partida, como es reconocido por la gente que lo conoció, siendo su verdadero nombre el de José Rodríguez García, como se acredita con la constancia testimonial rendida ante el titular de la Notaría Pública No. 14 de esta Demarcación, con fecha 18 de mayo del año en curso. Mientras que la C. Rocina Puga Medina, quien es reconocida por la gente que la conoce como Rosalina Puga Medina...

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