Visitaduría itinerante

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PROCEDIMIENTO: VISITADURÍA ITINERANTE

OBJETIVO:

Fortalecer la defensa de los derechos humanos, a través de visitas de la Visitaduría Itinerante por los distintos municipios, con el propósito de acercar los servicios del Organismo, brindando asesorías jurídicas y/o recabando quejas.

ALCANCE:

Aplica al personal adscrito a la Unidad de Orientación y Recepción de quejas, así como a las Visitadurías Generales, responsables de coordinar y ejecutar las visitas con la Visitaduría Itinerante.

REFERENCIAS:

Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, Título Segundo, Capítulo I, artículo 13, fracciones I, II, III, VII, XVI y XVII; Capítulo II, artículo 15, fracción IV; Capítulo III, artículos 29 bis, fracciones I y V, 30, fracción I, 31, fracciones I, III y IX, así como 32; Título Tercero, Capítulo I, artículos 51, 52, 53 y 56; Capítulo II, artículos 60, 61, 62, 63 y 65; Capítulo III, artículos 70 y 71; Capítulo VII, artículos 89, 90, 91 y 93; Título Cuarto, Capítulo I, artículos 115 y 116. Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, 14 de agosto de 2008, sus reformas y adiciones.

Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, Título Primero, Capítulo II, artículo 7 y 8; Capítulo III, artículos 13, fracciones I y IV, así como 14; Título Tercero, Capítulo II, artículos 39 y
42. Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, 14 de febrero de 2017, sus reformas y adiciones.

Manual General de Organización de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, apartado VIII Objetivo y Funciones por Unidad Administrativa, numeral 400C130300 Unidad de Orientación y Recepción de Quejas “Gaceta de Derechos Humanos”, Órgano informativo de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, número 108, junio 2015.

RESPONSABILIDADES :

La Unidad de Orientación y Recepción de Quejas en coordinación con las Visitadurías Generales y Regionales son las unidades administrativas responsables de coordinar y ejecutar las visitas de la Visitaduría Itinerante.

La Unidad de Orientación y Recepción de Quejas, deberá:

Planificar, calendarizar, dirigir y supervisar la ejecución de las visitas de la Visitaduría Itinerante derivadas del

Plan Anual de Trabajo,

Elaborar el cronograma anual de actividades para la Visitaduría Itinerante.
Entregar en sobre cerrado la llave, tarjeta de combustible y pase de salida de la Visitaduría Itinerante al

Departamento de Oficialía de Partes para su entrega a la Visitaduría que corresponda,

Recibir en sobre cerrado la llave, tarjeta de combustible y pase de entrada de la Visitaduría Itinerante, así como acta circunstanciada de la visita realizada,
Archivar acta circunstanciada de la visita realizada.

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La Visitaduría General, deberá:

Supervisar la ejecución de la Visitaduría Itinerante derivadas del Plan Anual de Trabajo,
Recibir sobre cerrado con la llave, tarjeta de combustible y pase de salida del vehículo habilitado para la

Visitaduría Itinerante al Departamento de Oficialía de Partes, y

Entregar sobre cerrado con la llave, tarjeta de combustible, pase de entrada del vehículo habilitado para la

Visitaduría Itinerante a la Unidad de Orientación y Recepción de Quejas, así como acta circunstanciada de la visita realizada.

El personal adscrito a la Visitaduría General responsable de realizar la visita deberá:

Constituirse en el lugar programado con la Visitaduría Itinerante, brindar asesorías jurídicas y/o recabar quejas,

Elaborar acta circunstanciada de la visita realizada, por medio de la cual se informen los resultados de la diligencia, e

Informar a la Unidad de Orientación y Recepción de Queja, o en su caso, a la Visitaduría General sobre las visitas realizadas.

DEFINICIONES:

Acta Circunstanciada: Documento en el cual se hace...

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