Decreto Núm. 218. por el que se Reforman las Fracciones de la Viii a la Xv del Artículo 2; las Fracciones de la Vii a la Xiii del Artículo 31, y los Artículos 36 Bis 1, 36 Bis 2, 36 Bis 3, 36 Bis 4, 36 Bis 5; el Artículo 38 y el Párrafo Primero del Artículo 45; y se Adicionan las Fracciones Xvi y Xvii y un Último Párrafo al Artículo 2; las Fracciones Xiv y Xv al Artículo 31, los Artículos 36 Bis 6 y 36 Bis 7; un Último Párrafo al Artículo 45, y los Artículos 48 Bis, 48 Bis 1, 48 Bis 2, 48 Bis 3, 48 Bis 4 y 48 Bis 5, todos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado de Nuevo León.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR