VIII-P-SS-613. Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

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REVISTA NÚM. 60, NOVIEMBRE 2021
LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN
DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-SS-613
PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE LA RES-
PONSABILIDAD RESARCITORIA. LA AUDITORÍA SU-
PERIOR DE LA FEDERACIÓN ES COMPETENTE PARA
CALIFICAR LA LICITUD DE LOS ACTOS DE LAS ENTI-
DADES FISCALIZADAS SI ESTÁ VINCULADA CON LA
GESTIÓN FINANCIERA. RÉGIMEN JURÍDICO PREVIO A
LA REFORMA CONSTITUCIONAL PUBLICADA EL 27 DE
MAYO DE 2015.- El inciso b), de la fracción I del artículo
12 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la
Federación dispone que la scalización de la Cuenta Pública
debe evaluar los resultados de la gestión nanciera, es de-
cir, si se ajustaron a la legalidad y si no han causado daños
y/o perjuicios en contra de la Hacienda Pública Federal o al
patrimonio de los entes públicos o de las entidades paraes-
tatales federales, la captación, recaudación, administración,
custodia, manejo, ejercicio y aplicación de recursos fede-
rales o los actos, contratos, convenios, mandatos, fondos,
deicomisos, prestación de servicios públicos, operaciones
o cualquier acto de las entidades scalizadas relacionado
con el ejercicio del gasto público federal. No es óbice lo re-
suelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la
Controversia Constitucional 61/2004, la Solicitud de ejerci-
cio de la facultad prevista en la fracción IX del artículo 11 de
la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación 3/2007,
el Amparo Directo en Revisión 5944/2018, y el Amparo en
Revisión 157/2020, ya que, conforme a la técnica de la dis-

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