VIII-P-SS-580. Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa

Páginas70-71
PLENO 70
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
VIII-P-SS-580
OBRA PÚBLICA. ES IMPROCEDENTE EL JUICIO CON-
TENCIOSO ADMINISTRATIVO EN CONTRA DEL OFICIO
QUE DEVUELVA LAS ESTIMACIONES CON OBSERVA-
CIONES A FIN DE PROCEDER A LA AUTORIZACIÓN
DEL PAGO POR TRABAJOS REALIZADOS.- De confor-
midad con el artículo 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Fe-
deral de Justicia Administrativa, el Tribunal conocerá de los
juicios que se promuevan en contra de resoluciones de-
nitivas; ahora bien, atendiendo a lo dispuesto en los artí-
culos 2 y 54 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Rela-
cionados con las Mismas, las estimaciones se reeren a la
valuación de los trabajos ejecutados en un periodo determi-
nado presentadas para autorización de pago de los mismos;
posteriormente la residencia de obra realizará el análisis y
en su caso la autorización de dichas estimaciones, en don-
de determinará si existen observaciones a las mismas que
impidan proceder al pago de los trabajos ejecutados. Sin
que tal situación implique su última manifestación de la vo-
luntad, pues subsiste el hecho que las observaciones sean
atendidas, para así incorporarlas a la siguiente estimación.
Lo que se traduce en que el ocio en donde se devuelven
las estimaciones con observaciones, es una resolución que
carece de carácter denitivo, por lo que no es impugnable
ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

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