Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas NMX-F-606-NORMEX-2002, NMX-F-609-NORMEX-2002, NMX-V-011-NORMEX-2002 y NMX-V-025-NORMEX-2002

Fecha de disposición15 Abril 2002
Fecha de publicación15 Abril 2002
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-F-606-NORMEX-2002, NMX-F-609-NORMEX-2002, NMX-V-011-NORMEX-2002 y NMX-V-025-NORMEX-2002.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS QUE SE INDICAN

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 54, 66 fracciones III y V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 23 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se listan a continuación, mismas que han sido elaboradas, aprobadas y publicadas como proyectos de normas mexicanas bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado Sociedad Mexicana de Normalización y Certificación, S.C. (NORMEX) , lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican puede ser adquirido en la sede de dicha asociación ubicada en Alfredo Nobel número 21, Centro Industrial Puente de Vigas, Tlalnepantla, código postal 54070, Estado de México, o consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México.

Las presentes normas entrarán en vigor 60 días después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.

CLAVE O CODIGO TITULO DE LA NORMA
NMX-F-606-NORMEX-2002 DETERMINACION DE DERIVADOS DE AZUCAR DE CAÑA Y/O JARABE DE MAIZ CON ALTO CONTENIDO EN FRUCTOSA PARA VERIFICAR LA AUTENTICIDAD DE LA MIEL DE ABEJA UTILIZANDO LA COMPOSICION ISOTOPICA DEL CARBONO 13 (13CVPDB) EN LA MIEL Y EN SU PROTEINA (ESTADAR INTERNO) POR ESPECTROMETRIA DE MASAS DE ISOTOPOS ESTABLES - METODO DE PRUEBA.
Campo de aplicación Esta Norma Mexicana es aplicable en la detección de derivados de azúcar de caña (miel equivalente) o jarabe de maíz con alto contenido en fructosa en miel de abeja.
Concordancia con normas
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