Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas NMX-I-270/01-NYCE-1999, NMX-I-270/02-NYCE-1999, NMX-I-270/03-NYCE-1999, NMX-I-270/05-NYCE-1999 y NMX-I-271-NYCE-1999

Fecha de disposición12 Abril 2000
Fecha de publicación12 Abril 2000
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-I-270/01-NYCE-1999, NMX-I-270/02-NYCE-1999, NMX-I-270/03-NYCE-1999, NMX-I-270/05-NYCE-1999 y NMX-I-271-NYCE-1999.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS QUE SE INDICAN

La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 54, 66 fracciones III y V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 24 fracciones I y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se listan a continuación, mismas que han sido elaboradas, aprobadas y publicadas como proyectos de normas mexicanas bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado Normalización y Certificación Electrónica, A.C. (NYCE) , lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican puede ser adquirido en la sede de dicha asociación, ubicada en avenida Lomas de Sotelo número 1097, colonia Lomas de Sotelo, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11200, México, D.F., o consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, Estado de México.

Las presentes normas entrarán en vigor 60 días después de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación.

DESIGNACION TITULO DE LA NORMA

NMX-I-270/01-NYCE-1999 PRODUCTOS ELECTROTECNICOS-DISPOSITIVOS DE PROTECCION-FUSIBLES MINIATURA-PARTE 1: DEFINICIONES PARA CORTACIRCUITOS MINIATURA Y PRESCRIPCIONES GENERALES DE FUSIBLES MINIATURA.
Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece los requisitos uniformes para fusibles miniatura con el fin de proteger equipos electrónicos o partes de equipos. Asimismo define el comportamiento de los fusibles para brindar una guía a los diseñadores de equipos
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR