Acuerdo General 11/2010 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que modifica el artículo primero del diverso Acuerdo General 74/2008 del propio Pleno, que pone a disposición de los Organos Jurisdiccionales el uso de la videoconferencia como un método alternativo para el desahogo de diligencias judiciales

Fecha de Resolución22 de Julio de 2010
EmisorSegunda Seccion

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno y de la Presidencia. ACUERDO GENERAL 11/2010, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE MODIFICA EL ARTICULO PRIMERO DEL DIVERSO ACUERDO GENERAL 74/2008 DEL PROPIO PLENO, QUE PONE A DISPOSICION DE LOS ORGANOS JURISDICCIONALES EL USO DE LA VIDEOCONFERENCIA COMO UN METODO ALTERNATIVO PARA EL DESAHOGO DE DILIGENCIAS JUDICIALES.

CONSIDERANDO

PRIMERO

En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los órganos jurisdiccionales a su cargo, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

SEGUNDO

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece el derecho que toda persona tiene para que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes y tomando en cuenta que los avances tecnológicos a nivel mundial deben beneficiar a la sociedad para lograr este postulado, el Consejo de la Judicatura Federal expidió el Acuerdo General 74/2008, que Pone a Disposición de los Organos Jurisdiccionales el Uso de la Videoconferencia como un Método Alternativo para el Desahogo de Diligencias Judiciales;

TERCERO

A lo largo de la vigencia de este Acuerdo ha quedado demostrada su eficiencia y los beneficios que la videoconferencia, como método alternativo trae aparejados para hacer más expedito el desahogo de las diligencias judiciales en las que se ha utilizado; razón por la cual resulta conveniente se privilegie su uso en todos aquellos casos en que existan las condiciones necesarias para ello;

CUARTO

Es obligación del Consejo de la Judicatura Federal, realizar permanentemente la revisión y actualización constante de su normativa, para incorporar el resultado de las experiencias en su aplicación, resolver cualquier conflicto de interpretación y proporcionar reglas claras para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR