Acuerdo relativo al reconocimiento como vialidad pública y su nomenclatura para una vialidad que se pretende desarrollar en un lote con superficie de 863.036 m2 de la Fase B, Sección 6 del Fraccionamiento Milenio III, Delegación Municipal Villa Cayetano Rubio.

2 de enero de 2009 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 29
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO J. APOLINAR CASILLAS GUTIÉRREZ, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV
DE LA LEY PARA LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL
ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE
QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 25 de noviembre de dos mil ocho, el H. Ayuntamiento del
Municipio de Querétaro aprobó el Acuerdo relativo al Reconocimiento como Vialidad Pública y su Nomenclatura
para una Vialidad que se pretende desarrollar en un lote con superficie de 863.036 m2 de la Fase B, Sección 6
del Fraccionamiento Milenio III, Delegación Municipal Villa Cayetano Rubio, el cual señala textualmente:
“…CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS D) Y F) DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7 Y 35 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 9° FRACCIÓN X DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS
HUMANOS; 30 Y 38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY PARA LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA
DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1° FRACCIONES I, II, VI Y X, 17 FRACCIONES II,
IV Y VI, 112 Y 237 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 38 DEL REGLAMENTO
DE CONSTRUCCIÓN PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 25, 28 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR
DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1. Que corresponde al H. Ayuntamiento resolver lo relativo a la petición de reconocimiento y nomenclatura
de una vialidad a denominar “Calle Lucepolis” que se pretende desarrollar en un lote con superficie de
863.035 m2 de la Fase B, Sección 6 del Fraccionamiento denominado Milenio III, Delegación Municipal
Villa Cayetano Rubio.
2. Mediante escritos de fecha 1 y 8 de julio del año en curso, dirigidos al Lic. J. Apolinar Casillas Gutiérrez,
Secretario del Ayuntamiento, y signados por el Arq. José Orozco Lima, Coordinador General de
Inmobiliaria Corporativa de Querétaro, S.A. de C.V., cuya personalidad la acredita con la escritura pública
No. 51, 487 de fecha 6 de junio de 2002, pasada ante la fe del Lic. Alejandro Maldonado Guerrero,
Notario Público Titular de la Notaría No. 4 de esta ciudad, donde se le acredita el poder para actos de
Administración, en ambos escritos solicita el reconocimiento como vialidad pública y su nomenclatura
para una vialidad a denominar “Calle Lucepolis” que se pretende desarrollar en un lote con superficie de
863.036 m2 de la Fase B, Sección 6 del Fraccionamiento Milenio III, Delegación Municipal Villa Cayetano
Rubio, el cual obra en el expediente número 09/DVCR, radicado en la Secretaría del Ayuntamiento.
3. Lo antes mencionado es con el objeto de generar una vialidad que sirva de enlace entre el
Fraccionamiento Milenio III y un desarrollo habitacional que se pretende llevar a cabo en el predio
colindante ubicado al oriente del Fraccionamiento Milenio III, mismo que se encuentra en el Municipio de
El Marqués, por lo que su autorización corresponde otorgarla a dicho municipio, lo que se
complementaría con la continuación de la Calle Sendero de la Paz ubicada al sur del mismo
fraccionamiento.

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