Acuerdo Modificatorio al Acuerdo de Coordinación para la asignación y operación de subsidios del Programa Hábitat, Vertientes General y Zonas Metropolitanas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que celebran la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Zacatecas y los ayuntamientos de Guadalupe, Fresnillo, Jerez, Loreto, Ojocaliente...

EmisorSecretaría de Desarrollo Social

ACUERDO Modificatorio al Acuerdo de Coordinación para la asignación y operación de subsidios del Programa Hábitat, Vertientes General y Zonas Metropolitanas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que celebran la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Zacatecas y los ayuntamientos de Guadalupe, Fresnillo, Jerez, Loreto, Ojocaliente, Río Grande y Zacatecas de dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

ACUERDO MODIFICATORIO AL ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTES GENERAL Y ZONAS METROPOLITANAS, DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL DE FECHA 15 DE MARZO DEL AÑO 2005, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO “LA SEDESOL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, DR. RODOLFO TUIRAN GUTIERREZ, ASISTIDO POR LA DELEGADA DEL ESTADO DE ZACATECAS LIC. MARTHA EUGENIA PINTO CONCHAS; POR OTRA PARTE LA SECRETARIA DE PLANEACION Y DESARROLLO REGIONAL DEL ESTADO DE ZACATECAS, REPRESENTADO POR NOE BELTRAN Y EL ING. RUBEN VAZQUEZ SOSA, DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO PROMOTOR DE LA VIVIENDA POPULAR (COPROVI); EN LO SUCESIVO EL ESTADO Y POR LA OTRA LOS AYUNTAMIENTOS DE GUADALUPE, FRESNILLO, JEREZ, LORETO, OJOCALIENTE, RIO GRANDE Y ZACATECAS, EN LO SUCESIVO LOS MUNICIPIOS REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, C. CLEMENTE VELAZQUEZ MEDELLIN, ING. RODOLFO MONREAL AVILA, C. ANDRES BERMUDEZ VIRAMONTES, C. JOSE DE JESUS MACIAS ESPARZA, ING. PEDRO MARTINEZ RAMIREZ, LIC. RAFAEL CALZADA VAZQUEZ Y DR. GERARDO DE JESUS FELIX DOMINGUEZ, RESPECTIVAMENTE; AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

1.- Con fecha 18 de febrero de 2005 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del Programa Hábitat para ejercicio fiscal 2005, conteniendo como Anexo I Cuadro 1 la Asignación de Recursos del Programa.

2.- Con fecha 15 de marzo de 2005, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social, representada por el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, C. Rodolfo Tuirán Gutiérrez, asistido por el Delegado del Estado de Zacatecas, C. Rafael Pineda Cárdenas, el Gobierno del Estado de Zacatecas, representado entre otros, por el Secretario de Planeación y Desarrollo Regional C. Gerardo Romo Fonseca; y los municipios de Guadalupe, Fresnillo, Jerez, Loreto y Zacatecas, representados por sus Presidentes Municipales, C. Clemente Velázquez Medellín, Rodolfo Monreal Avila, Andrés Bermúdez Viramontes, José de Jesús Macías Esparza y Gerardo de Jesús Félix Domínguez; suscribieron el Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, el cual tiene por objeto coordinar las acciones y subsidios del Programa Hábitat a través de un esfuerzo conjunto y complementario que impulse el trabajo corresponsable en las zonas de atención prioritaria de las ciudades seleccionadas.

Por acuerdo de las partes se establece en la cláusula Décima del Acuerdo antes citado, que los subsidios destinados a la entidad que no se comprometan en las fechas señaladas en las Reglas de Operación, podrán reasignarse por la SEDESOL a otras ciudades y municipios dentro de la misma entidad o a otras entidades del país. Dichas modificaciones presupuestarias serán notificadas por la Delegación de la SEDESOL en la entidad, al Secretario de la SEPLADER y, cuando corresponda, a LOS MUNICIPIOS. Al final del ejercicio Fiscal, a través de un Acuerdo Modificatorio, se especificarán todas y cada una de las asignaciones que se hayan modificado, integrándose al Acuerdo de Coordinación.

3.- Los Subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, buscan asegurar la concurrencia y la integralidad de los esfuerzos dirigidos a apoyar a la población en situación de pobreza patrimonial que reside en las ciudades del país.

En el marco del Acuerdo de Coordinación , y con apego a la normatividad con que se rige el Programa se concertarán acciones, comprometiéndose la Federación y los Estados, de manera libre, razonada y conjunta a erogar recursos destinados a regiones y espacios geográficos seleccionados, estableciendo la reasignación de los recursos del Programa Hábitat, identificando zonas de atención prioritaria en ciudades y zonas metropolitanas a fin de dar cumplimiento a las estrategias de la Política de Desarrollo Social, Regional, Urbano y de Ordenación del Territorio; las atribuciones y responsabilidades de los Estados y Municipios en el ejercicio del gasto y las asignaciones presupuestarias que se destinen para la ejecución del Programa por parte del Gobierno Federal, los Gobiernos Estatales y Municipales y las Organizaciones de la Sociedad Civil.

4.- De conformidad con las necesidades suscitadas durante el ejercicio fiscal 2005, la SEDESOL por conducto de la Delegación en el Estado, le notificó al COPLADE, mediante oficios números SDUOT/HABITAT/32/C/S/005/05, SDUOT/HABITAT/32/A/S/006/05 y SDUOT/HABITAT/32/A/S/007/05 de fecha 16/08/2005, 29/10/2005 y 08/11/2005 respectivamente, la reasignación de los subsidios federales, modificándose las cláusulas Tercera, Cuarta, Séptima y Octava del Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de subsidios del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social.

De conformidad con lo antes expuesto, las partes celebran el presente Acuerdo Modificatorio al tenor de las siguientes:

DECLARACIONES

I.- DECLARAN LAS PARTES

1.1. Que cuentan con las facultades legales suficientes para la suscripción del presente Acuerdo Modificatorio, en los términos establecidos en los artículos 6, 8, 44, y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL, y en los artículos 2, 6, 8, 10 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal; en los artículos 5, 6, 8, 21 y 22 de la Ley de Planeación en el...

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