Acuerdo de Coordinación para el proceso de verificación y vigilancia de la operación de los prestadores de servicios turísticos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Morelos

Fecha de disposición20 Abril 2004
Fecha de publicación20 Abril 2004
EmisorSECRETARIA DE TURISMO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO de Coordinación para el proceso de verificación y vigilancia de la operación de los prestadores de servicios turísticos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Morelos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.

ACUERDO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE TURISMO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO LA SECTUR , REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL LICENCIADO RODOLFO ELIZONDO TORRES ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE OPERACION TURISTICA, EL LICENCIADO EMILIO GOICOECHEA LUNA Y POR LA DIRECTORA GENERAL DE MEJORA REGULATORIA, LA LICENCIADA ROSARIO GRAHAM ZAPATA Y, POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO EL ESTADO , REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL LICENCIADO SERGIO ALBERTO ESTRADA CAJIGAL RAMIREZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, SR. EDUARDO BECERRA PEREZ, Y EL SECRETARIO DE TURISMO, EL LICENCIADO MARCOS MANUEL SUAREZ GERARD, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 15 de abril de 1992, se establecieron las bases para el Programa de Descentralización de las Funciones de la Secretaría de Turismo. Dicho programa dispuso que, para llevar a cabo el proceso de descentralización, el Ejecutivo Federal suscribirá acuerdos de coordinación con las entidades federativas en los que se identificarían las funciones que se encomendarían a los gobiernos de las entidades federativas.

  2. Con fecha 23 de junio de 1993, el Ejecutivo Federal y el Gobierno de EL ESTADO suscribieron un Acuerdo de Coordinación, en adelante EL CONVENIO , por virtud del cual se descentralizaron funciones de LA SECTUR para ser ejercidas por el propio Gobierno de EL ESTADO . EL CONVENIO fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 1993.

  3. La cláusula séptima de EL CONVENIO establece que las funciones en materia de planeación, programación, vigilancia de los prestadores de servicios, capacitación, protección y asistencia al turista, y todas aquellas que se mencionan en ese instrumento y que correspondían a LA SECTUR , se descentralizarían en la Secretaría de Turismo de EL ESTADO (en ese entonces Coordinación General de Turismo).

  4. El primer párrafo de la cláusula octava de EL CONVENIO establece que LA SECTUR celebrará los acuerdos de coordinación para la descentralización de funciones que procedan y formulará guías y lineamientos para la integración de los manuales de organización, de políticas y procedimientos y de atención al público, que apoyen el desarrollo del proceso de descentralización.

  5. EL CONVENIO surtió efectos a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (18/11/1993), y en el Periódico Oficial del Gobierno de EL ESTADO , de conformidad con lo dispuesto en su cláusula vigésima quinta.

  6. En el marco de lo que señala la cláusula octava de EL CONVENIO , surge la necesidad de establecer la participación coordinada de LA SECTUR y de EL ESTADO , para llevar a cabo el proceso de verificación y vigilancia de la operación de los prestadores de servicios turísticos en el territorio de EL ESTADO .

    DECLARACIONES

  7. Declara LA SECTUR que:

    I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1o., 2o. fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; con las...

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