Ven amparos de las Afores

AutorCharlene Domínguez

La modificación al artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro que pretende poner un tope a las comisiones de las Afores provocará la interposición de amparos por parte de las Administradoras para buscar su suspensión o evitar que se les aplique, anticipó experta.

La iniciativa del Ejecutivo federal establece que las comisiones que cobren las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) estarán sujetas a un máximo que resultará el promedio aritmético de los cobros de comisiones en los sistemas definida en EU, Chile o Colombia.

En la medida en que las comisiones de estos países tengan ajustes a la baja, México aplicará las mismas reducciones; pero si las comisiones suben, el País mantendrá el promedio que en el momento se esté aplicando.

Gloria Arellano, socia del despacho Sánchez Arellano Abogados, dijo que es un hecho que se necesitan bajar las altas comisiones, pero el mecanismo que se está utilizando es inconstitucional porque no permite que México pueda aplicar los mismos ajustes al alza que podrían realizar los países que se están poniendo de referencia.

"Son fijaciones artificiales y van a provocar que si se da esta reforma se van a amparar las Afores, es absolutamente inconstitucional porque también deberían poder subir las comisiones", señaló.

El amparo les daría a las Afores la posibilidad de que también puedan aplicar ajustes de comisiones al alza para estar en línea con los países o, eventualmente, suspender o echar atrás la modificación del artículo hasta que se resuelva la inequidad de su aplicación, explicó.

"La comisión (a la que se quiere llegar) de 0.54 por ciento me parece correcta, pero vamos haciéndolo de común acuerdo entre las Afores, no con una imposición financiera y con comisiones...

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