Título de Concesión del servicio público de operación del Registro Nacional de Vehículos, otorgado en favor de Concesionaria Renave, S.A. de C.V

Fecha de disposición11 Mayo 2000
Fecha de publicación11 Mayo 2000
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Título de Concesión del servicio público de operación del Registro Nacional de Vehículos, otorgado en favor de Concesionaria Renave, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

TITULO DE CONCESION

CONCESION DEL SERVICIO PUBLICO DE OPERACION DEL REGISTRO NACIONAL DE VEHICULOS QUE OTORGA EL GOBIERNO FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS A TRAVES DE LA SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL (EN LO SUCESIVO REFERIDA COMO LA SECRETARIA ) REPRESENTADA POR EL LIC. GUSTAVO M. SAAVEDRA ORDORIKA, DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIAS, Y POR LA OTRA PARTE CONCESIONARIA RENAVE, S.A. DE C.V., REPRESENTADA POR EL LIC. HENRY DAVIS SIGNORET (EN LO SUCESIVO REFERIDA COMO EL CONCESIONARIO ), DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CONDICIONES:

ANTECEDENTES

  1. El 2 de junio de 1998 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley del Registro Nacional de Vehículos, la cual establece la facultad de la Secretaría de concesionar el servicio público del Registro Nacional de Vehículos.

  2. El 26 de febrero de 1999, la Secretaría publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen los lineamientos generales para el concurso de concesión de la operación del Registro Nacional de Vehículos , por virtud del cual la Secretaría estableció los principios fundamentales para el concurso de concesión del servicio público de operación del Registro Nacional de Vehículos, y las etapas de dicho concurso y se puso a disposición de los interesados un perfil informativo del Registro Nacional de Vehículos (en lo sucesivo, el Registro ).

  3. El 29 de marzo de 1999, la Secretaría publicó en el Diario Oficial de la Federación la Convocatoria para el otorgamiento de la concesión para la prestación del servicio público del Registro Nacional de Vehículos , por virtud de la cual la Secretaría convocó a los interesados en participar en el concurso para otorgar la concesión para la prestación del servicio público del Registro.

  4. De conformidad con los términos y condiciones establecidos por la Convocatoria, Gemplus Industrial, S.A. de C.V. y Talsud, S.A. adquirieron las Bases del Concurso para el otorgamiento de la Concesión para la prestación del Servicio Público del Registro Nacional de Vehículos (en lo sucesivo, las Bases del Concurso ). Copia de dicho documento se anexa al cuerpo del presente como Anexo 1 .

  5. El 3 de mayo de 1999, el Consorcio (según dicho término fue definido en las Bases del Concurso), formado por Henry Davis Signoret, Gemplus Industrial, S.A. de C.V. y Talsud, S.A. (en lo sucesivo el Consorcio Ganador ) presentaron una solicitud de Constancia de Registro (como dicho término se define en el siguiente antecedente), de conformidad con los términos y condiciones establecidos por las Bases del Concurso. Copia de dicho documento se anexa al cuerpo del presente como Anexo 2 .

  6. El 20 de mayo de 1999, la Secretaría emitió el oficio número 2666, por virtud del cual se acreditó que el Consorcio Ganador reunía los requisitos necesarios para ser considerado como Participante (según dicho término fue definido en las Bases del Concurso), de conformidad con la Convocatoria y las Bases del Concurso. Copia de dicho documento se anexa al cuerpo del presente como Anexo 3 .

  7. El 22 de julio de 1999, la Comisión Federal de Competencia emitió el oficio número SE-10-096-99-601, por virtud del cual no expresó objeciones para que la Secretaría otorgara la concesión objeto del presente documento a favor de la Sociedad de Objeto Social Específico a constituirse por el Consorcio Ganador. Copia de dicho documento se anexa al cuerpo del presente como Anexo 4 .

  8. El 30 de julio de 1999, el Consorcio Ganador presentó una Propuesta Técnica, que se adjunta al presente como Anexo 5 y una Propuesta Económica, que se adjunta al presente como Anexo 6 , de conformidad con los términos y condiciones establecidos por la Convocatoria, las Bases del Concurso y la Constancia de Registro.

  9. El 27 de agosto de 1999, la Secretaría emitió el fallo por virtud del cual determinó que el Consorcio Ganador fue el ganador del Concurso para el otorgamiento de la Concesión para la prestación del Servicio Público del Registro. Copia de dicho documento se anexa al cuerpo del presente como Anexo 7 .

  10. En los términos de las Bases del Concurso, el Consorcio Ganador se encontraba obligada a constituir una Sociedad Anónima de nacionalidad mexicana, para que ésta fuera la concesionaria del Servicio Público de Operación del Registro (la Sociedad de Objeto Social Específico). En cumplimiento de lo anterior, el 6 de septiembre de 1999, el Consorcio Ganador constituyó al Concesionario, como una Sociedad Anónima de conformidad con los términos de dicho documento y de la Ley, siendo este último el causahabiente de los derechos otorgados al Consorcio Ganador de conformidad con lo dispuesto por el antecedente IX anterior. Copia certificada de la Escritura Constitutiva del Concesionario, y copia certificada de su presentación a inscripción en el Registro Público de Comercio correspondiente se agregan al cuerpo del presente como Anexo 8 .

    En virtud de los antecedentes antes expuestos y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34 fracciones I, XIV y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción II, 16 a 25 de la Ley del Registro Nacional de Vehículos; 1, 4 y 9 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial; 1 fracciones VI y VII del Acuerdo por el que se delegan facultades en materia de la Ley del Registro Nacional de Vehículos (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de agosto de 1999); la Secretaría en este acto otorga a favor del Concesionario una concesión conforme a las siguientes:

    CONDICIONES

    PRIMERA. Definiciones.

    Los términos no expresamente definidos en el presente documento tendrán los significados adscritos a dichos términos en las disposiciones legales y administrativas específicamente aplicables en materia del Registro Nacional de Vehículos.

    SEGUNDA. Denominación y domicilio del Concesionario.

    Concesionario: Concesionaria Renave, S.A. de C.V.

    Domicilio: Paseo de Tamarindos No. 400B, local 107

    Col. Bosques de las Lomas

    C.P. 05120, México, D.F.

    TERCERA. Objeto de la Concesión.

    La presente concesión otorga al Concesionario el derecho exclusivo a la prestación del servicio público de operación del Registro (el Servicio Público ), con la finalidad de identificar los vehículos que se fabrican, ensamblan, importan o circulan en territorio nacional, así como brindar información al público.

    El Registro contará con una base de datos, la cual es propiedad exclusiva del Gobierno Federal (la Base de Datos ) y estará integrada por la información que acerca de cada vehículo proporcionen las autoridades, fabricantes y ensambladores, comercializadores, aseguradoras, particulares o cualquier otra fuente.

    La operación del Registro comprende:

    1. La integración de la Base de Datos, su actualización, almacenamiento, resguardo, administración y funcionamiento.

    2. Prestar los Servicios a los que se hace referencia en la condición sexta.

    3. Controlar la emisión y distribución de comprobantes del Registro.

      El Concesionario reconoce que la propiedad de la Base de Datos del Registro es del Gobierno Federal, por lo que en este acto ambas partes firman: (i) un Contrato de Licencia por virtud del cual el Concesionario tendrá el derecho de explotar la información contenida en la Base de Datos, de conformidad con los términos y condiciones establecidos en dicho documento y el marco jurídico aplicable. Dicho documento se anexa al cuerpo del presente como Anexo 9 ; y (ii) un Contrato de Obra por Encargo por virtud del cual el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría, encarga al Concesionario el desarrollo de la Base de Datos. Dicho documento se anexa al cuerpo del presente como Anexo 10 .

      Por lo anterior, la presente concesión no concede al Concesionario derechos reales ni morales sobre dicha Base de Datos.

      CUARTA. Marco Jurídico Aplicable.

      La prestación del Servicio Público se sujetará a las disposiciones previstas por los siguientes ordenamientos: (i) la Ley; (ii) el Reglamento de la Ley (que en su oportunidad sea expedido por el Ejecutivo Federal); (iii) el documento denominado Manual de Operación (cuyo original se anexa al cuerpo del presente como Anexo 11 , formando parte integrante del mismo); (iv) el documento denominado Lineamientos Generales , que en su oportunidad será emitido por la Secretaría; (v) la Ley Federal de...

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