Vaya alistando su declaración

AutorLuis Durán

Aunque apenas transcurre el primer mes del año, expertos en finanzas recomiendan anticiparse a la declaración anual al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Esta obligación fiscal se debe cumplir antes del 31 marzo para las personas morales y antes del 30 abril para las personas físicas; sin embargo, en febrero inicia el proceso para declarar el ejercicio 2012.

De acuerdo con el consultor independiente y ex presidente del Instituto Mexicano de Ejecutivos en Finanzas (IMEF) Grupo Guadalajara, Juan Carlos Sáinz del Toro, el primer paso se debe dar antes del 15 de febrero, con la presentación de una declaración informativa.

"Esto es para que, por principio de cuentas, de forma anticipada al mes de marzo y el mes de abril, que es la época de las (declaraciones) anuales, ya tenga la información previamente en su poder la autoridad para cotejar y cruzar la información, cuando se presenten las anuales", indicó el experto.

La declaración se debe realizar a través de un formato electrónico denominado Declaración Informativa Múltiple (DIM), el cual se encuentra disponible en la página del fisco: www.sat.gob.mx. Ahí se reportan al SAT conceptos como salarios, subsidios de empleo, pagos por arrendamiento de inmuebles, pagos al extranjero y donativos.

Sáinz del Toro destacó que si no se presenta esta declaración informativa en tiempo y forma, no podrá hacer algunas deducciones en la declaración final.

Después de este paso ya sigue la declaración anual.

En el caso de las personas morales, la obligación se debe hacer mediante la Declaración Electrónica Múltiple (DEM), en la cual se informa a la dependencia los ingresos acumulables del ejercicio 2012 y las deducciones autorizadas para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Además, se declara y determina el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE); algunas deducciones que las personas morales pueden hacer son sus gastos, el costo de ventas, las inversiones en activos fijos, devoluciones, descuentos y rebajas sobre ventas y cuotas pagadas al IMSS, explicó el experto.

Las personas físicas tienen que informar al fisco todos los ingresos en el año, ya sea por salarios, actividad empresarial...

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