Acuerdo relativo al Cambio de Uso de Suelo de Protección Agrícola de Riego a Habitacional con densidad de 300 hab/ha., para la fracción segunda de la Parcela 66 Z-1 P3/6 del Ejido El Pueblito, Municipio de Corregidora, Qro.,

7 de septiembre de 2012 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 11499
GOBIERNO MUNICIPAL
El suscrito Ciudadano Lic. Edgar Gustavo Zepeda Ruiz, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro.,
en uso de las facultades que me confieren los artículos 47 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro y 27 fracción XII del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., hago constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 16 (dieciséis) de agosto de 2012 (dos mil doce), el H.
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo relativo al cambio de uso de suelo de Protección
Agrícola de Riego a Habitacional con densidad de 300 hab/ha., para la fracción segunda de la Parcela 66
Z-1 P3/6 del Ejido El Pueblito, Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de 3-00-00.00 hectáreas,
mismo que se transcribe textualmente a continuación:
H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro.:
Con fundamento en los artículos 115, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 6, 9, fracción II, III, X, XV, y 15 de la
Ley General de Asentamientos Humanos; 1º, 13, 14 fracciones II y III, 16, fracciones I, XII, XIII y XIX, 17,
82, 83, 109, 111, 112, 113, 114, 119, 137, 138, 139, 143, 147, 154, fracción III, 155 del Código Urbano para
el Estado de Querétaro; 30, fracción II incisos d) y f), 38, fracción VIII, 121 y 122 de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Querétaro; 15 fracción XVII y 34, punto 1 fracción VIII del Reglamento Interior
del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., corresponde al Ayuntamiento resolver el Acuerdo relativo al
cambio de uso de suelo de Protección Agrícola de Riego a Habitacional con densidad de 300 hab/ha.,
para la fracción segunda de la Parcela 66 Z-1 P3/6 del Ejido El Pueblito, Municipio de Corregidora, Qro.,
con superficie de 3-00-00.00 hectáreas, y;
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115, fracción V de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 6, 9, fracción II, III, X, XV, y 15 de la Ley General de Asentamientos
Humanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; y 30, fracción II de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Querétaro, los Municipios, en los términos de las leyes federales y estatales
relativas, estarán facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo
urbano municipal; autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia,
en sus jurisdicciones territoriales; así como otorgar licencias y permisos para construcciones.
2. Que de conformidad con lo dispuesto, por el artículo 17, fracción II del Código Urbano para el Estado de
Querétaro, los Ayuntamientos tienen la facultad de controlar y vigilar la utilización del suelo en sus
jurisdicciones territoriales de acuerdo a los planes y programas de desarrollo urbano Municipal,
declaratorias de uso, destino y reservas territoriales debidamente aprobados, publicados e inscritos en
el Registro Público de la Propiedad que corresponda, así como otras leyes o reglamentos aplicables.
3. Que en fecha 31 de agosto de 2011, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento escrito firmado por el
C. Juan Manuel Godínez Ramírez, apoderado legal de los C.C. Rodolfo Mayorga García y Josefina
Raymundo Hernández, mediante el cual solicita someter a la aprobación del Ayuntamiento de
Corregidora, Qro., el cambio de uso de suelo a habitacional con densidad de 300 hab/ha., para la
fracción de la Parcela 66-1 P3/6 del Ejido El Pueblito, Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de
3-00-00.00 hectáreas.
4. Que mediante Título de Propiedad número 2800, de fecha 22 de junio de 2007, expedido por el
Registro Agrario Nacional e inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio para el
Estado, mediante folio 243625/1, de fecha 17 de agosto de 2007, el C. Rodolfo Mayorga García,
acredita la propiedad del predio ubicado en fracción de la Parcela 66-1 P3/6 del Ejido El Pueblito,
Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de 3-00-00.00 hectáreas.

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