Urge Salud a cumplir acuerdo contra accidentes

REFORMA / Redacción

A pesar de un compromiso asumido hace más de cinco meses para reforzar las medidas de prevención de accidentes de tránsito, que ocasionan más de 5 mil muertes al año en el país, la mayoría de las entidades carecen de disposiciones legales para realmente hacer obligatorio el uso del cinturón de seguridad o sancionar a quienes conducen bajo los efectos del alcohol, entre otros aspectos.

El 21 de octubre del 2003, el Consejo de Salubridad General emitió el "Acuerdo por el que se establecen diversas medidas de protección tendientes a disminuir la ocurrencia y el impacto de los accidentes de tránsito".

Entre dichas medidas se encuentran: el uso del cinturón de seguridad por parte de todos los ocupantes de automóviles, el uso de sillas portainfantes, prohibir la conducción de vehículos bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes u otras substancias tóxicas y prohibir el uso de dispositivos de comunicación móvil, como radios y teléfonos, "que disminuyen la habilidad y capacidad de reacción al conductor de un vehículo".

Esos lineamientos, sin embargo, no se han traducido aún en modificaciones a las leyes y reglamentos de tránsito en estados y municipios para garantizar su cumplimiento, lamentó Eduardo Vázquez-Vela, director del Centro Nacional para la Prevención de Accidentes, dependiente de la Secretaría de Salud.

"Es obligatorio penalizar la conducción bajo la influencia de alcohol, el uso de aparatos de comunicación mientras se maneja, entre otras cosas, y es algo que tiene que hacer cada estado. Cuando se aprobó el acuerdo en el Consejo General de Salubridad había 22 estados con algunas de esas medidas en sus reglamento de tránsito, pero no eran homogéneas y eso es algo que hay que buscar ahora", señaló en entrevista.

Y es que aún hay entidades, como Guanajuato y Veracruz, en las que las disposiciones estatales en materia de tránsito no mencionan siquiera los cinturones de seguridad. En la mayoría se establece como obligatorio su uso, pero las sanciones por no hacerlo van de los dos días de salario mínimo (86 pesos aproximadamente), en Morelos y Tamaulipas, a los 30 días (casi mil 300 pesos), en Michoacán.

La mayoría de los estados carece de disposiciones específicas sobre el uso sillas portainfantes y sobre el empleo de celulares mientras se conduce. Entre las excepciones destacan Coahuila, en donde conducir acompañado por un menor de 2 años sin asiento especial amerita una sanción de ocho días de salario...

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