Unidad de medida y actualización

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EmisorInstituto Nacional de Estadística y Geografía

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional de Estadística y Geografía. UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN

Con fundamento en los artículos 26 apartado B párrafos penúltimo y último de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 4, fracciones I, II y III, y 5 de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, y 23, fracción XX Bis del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, corresponde al Instituto Nacional de Estadística y Geografía calcular y determinar anualmente el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), así como publicar en el Diario Oficial de la Federación dentro de los primeros diez días del mes de enero de cada año los valores diario, mensual y anual, en moneda nacional de la UMA.

Con fundamento en el artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo, el 28 de enero de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación los valores iniciales diario, mensual y anual de la Unidad de Medida y Actualización, con base en el salario mínimo general vigente en dicha fecha.

El cálculo y determinación del valor...

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