Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el que se modifica el Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban los modelos de pautas para la transmisión en radio y televisión de los mensajes de las campañas institucionales de las autoridades electorales federales y locales durante periodo ordinario, en las entidades federativas con un partido político con registro local, identificado con la clave JGE32/2010, únicamente por lo que respecta a las emisoras de radio que cubrirán el Proceso Electoral Extraordinario en el Municipio de San José Estancia Grande en el Estado de Oaxaca

Fecha de disposición04 Octubre 2010
Fecha de publicación04 Octubre 2010
MateriaDerecho Constitucional
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Junta General Ejecutiva.- JGE93/2010. ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE MODIFICA EL "ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE PAUTAS PARA LA TRANSMISION EN RADIO Y TELEVISION DE LOS MENSAJES DE LAS CAMPAÑAS INSTITUCIONALES DE LAS AUTORIDADES ELECTORALES FEDERALES Y LOCALES DURANTE PERIODO ORDINARIO, EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS CON UN PARTIDO POLITICO CON REGISTRO LOCAL", IDENTIFICADO CON LA CLAVE JGE32/2010, UNICAMENTE POR LO QUE RESPECTA A LAS EMISORAS DE RADIO QUE CUBRIRAN EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO EN EL MUNICIPIO DE SAN JOSE ESTANCIA GRANDE EN EL ESTADO DE OAXACA.

ANTECEDENTES

  1. El trece de noviembre de dos mil siete se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto que reforma los artículos 6, 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", el cual entró en vigor al día siguiente al de su publicación en términos de su artículo primero transitorio.

  2. El catorce de enero de dos mil ocho fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se expide el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales", el cual entró en vigor al día siguiente al de su publicación, de acuerdo con su artículo primero transitorio.

  3. En sesión extraordinaria celebrada el ocho de julio de dos mil ocho, con conocimiento de la opinión previa del Comité de Radio y Televisión, la Junta General Ejecutiva aprobó el "Acuerdo [...] por el que se propone al Consejo General la expedición del Reglamento de Acceso a Radio y Televisión en Materia Electoral", identificado con la clave JGE62/2008, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de agosto del mismo año.

  4. En sesión extraordinaria de fecha diez de julio de dos mil ocho, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el "Acuerdo [...] por el que se expide el Reglamento de Acceso a Radio y Televisión en Materia Electoral", identificado con la clave número CG327/2008, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el once de agosto de dicho año, y entró en vigor al día siguiente, de conformidad con su artículo primero transitorio.

  5. En su vigésima novena sesión extraordinaria celebrada el quince de diciembre de dos mil ocho, el Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral aprobó el "Catálogo de las Estaciones de Radio y Canales de Televisión, de los veintiún Estados con elecciones no coincidentes, que participarán en la cobertura del Proceso Electoral Federal 2008-2009, para dar cumplimiento al artículo 62, párrafos 5 y 6 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales", el cual incluía a las emisoras ubicadas en el Estado de Oaxaca.

  6. En sesión ordinaria celebrada el veintidós de diciembre de dos mil ocho, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el "Acuerdo [...] por el que se ordena la publicación en distintos medios del Catálogo de Estaciones de Radio y Canales de Televisión, en todo el territorio nacional, que participarán en la cobertura del Proceso Electoral Federal 2008-2009 y, en su caso, de los Procesos Electorales Locales con jornada electoral coincidente con la federal, para dar cumplimiento al artículo 62, párrafo 5 del código federal de instituciones y procedimientos electorales", identificado con la clave CG957/2008, el cual incluyó las emisoras correspondientes al Estado de Oaxaca.

  7. En su décima primera sesión extraordinaria celebrada el veintitrés de marzo de dos mil nueve, el Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral aprobó el catálogo referido en el

    Antecedente anterior.

  8. En sesión extraordinaria celebrada el día siete de abril de dos mil nueve, el Consejo General aprobó el "Acuerdo [...] por el que se ordena la publicación en distintos medios del catálogo actualizado de estaciones de radio y canales de televisión, en todo el territorio nacional, que participarán en la cobertura del proceso electoral federal 2008-2009 y, en su caso, de los procesos electorales locales con jornada coincidente con la federal, para dar cumplimiento al artículo 62, párrafo 5 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales", identificado con la clave CG141/2009, el cual fue publicado el veintiséis de junio del mismo año en el Diario Oficial de la Federación. Entre las emisoras contenidas en el catálogo difundido se incluyeron las emisoras correspondientes al Estado de Oaxaca.

  9. En sesión extraordinaria celebrada el diecinueve de agosto de dos mil nueve, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el "Acuerdo [...] por el que se emiten criterios especiales para la transmisión en radio y televisión de los programas mensuales de cinco minutos y promocionales de partidos políticos y autoridades electorales", identificado con la clave número CG420/2009, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el primero de octubre del mismo año.

  10. El doce de noviembre de dos mil nueve inició el Proceso Electoral Ordinario dos mil nueve-dos mil diez del Estado de Oaxaca, con el propósito de elegir gobernador, diputados y concejales de dicha entidad federativa por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional.

  11. En la novena sesión ordinaria celebrada el veintiséis de octubre de dos mil nueve, el Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral emitió el "Acuerdo [...] por el que se aprueban los Catálogos de Estaciones de Radio y Canales de Televisión que participarán en la cobertura de los procesos electorales locales con jornada comicial durante el año 2010, para dar cumplimiento al artículo 62, párrafo 5 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales", identificado con la clave ACRT/067/2009. En dicho instrumento se incluyó el catálogo correspondiente a las emisoras ubicadas en el Estado de Oaxaca.

  12. En sesión ordinaria celebrada el treinta de octubre de dos mil nueve, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el "Acuerdo [...] por el que se ordena la publicación en distintos medios de los Catálogos de Estaciones de Radio y Canales de Televisión que participarán en la cobertura de los Procesos Electorales Locales con jornada comicial durante el año 2010", identificado con la clave CG552/2009, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecinueve de marzo del año en curso. Entre las emisoras contenidas en el catálogo difundido se incluyeron las emisoras correspondientes al Estado de Oaxaca.

  13. En sesión extraordinaria del dieciséis de diciembre de dos mil nueve, el Consejo General del Instituto Federal Electoral emitió el "Acuerdo [...] por el que se aprueban los Lineamientos para la Reprogramación y la Reposición de los Promocionales y Programas de los Partidos Políticos y Autoridades Electorales en emisoras de Radio y Televisión" identificado con la clave CG677/2009, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación en su edición correspondiente al veintiséis de enero del año en curso.

  14. En su tercera sesión ordinaria celebrada el veintiséis de marzo del año en curso, el Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral emitió el "Acuerdo [...] por el que se aprueban el modelo de pauta y las pautas específicas para la transmisión en radio y televisión de los programas y mensajes de los partidos políticos nacionales y un partido local durante periodo ordinario, en las entidades federativas correspondientes", identificado con la clave ACRT/021/2010.

  15. En sesión ordinaria celebrada el veintinueve de marzo del año en curso, la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral aprobó el "Acuerdo [...] por el que se aprueban los modelos de pautas para la transmisión en radio y televisión de los mensajes de las campañas institucionales de las autoridades electorales federal y locales fuera de las etapas de precampañas y campañas electorales, en las entidades federativas con un partido local", identificado con la clave JGE32/2010, el cual concluye con los puntos resolutivos siguientes:

    "[...]

    ACUERDO

    PRIMERO. En los términos previstos en los considerandos que anteceden, se aprueban los modelos de pautas para la transmisión en radio y televisión de los mensajes de las campañas institucionales de las autoridades electorales federales y locales, durante periodo ordinario, en las entidades federativas con un partido político con registro local, los cuales acompañan al presente instrumento y forman parte del mismo para todos los efectos legales conducentes.

    SEGUNDO. Durante la vigencia de los modelos de pautas aprobados, el Secretario Ejecutivo del Instituto, con el auxilio de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, definirá los espacios que corresponderán a cada autoridad electoral a la que el Consejo General asigne tiempos de Estado. Para tal efecto, deberá tener en cuenta la propuesta de la autoridad electoral correspondiente y la opinión técnica de los órganos del Instituto Federal Electoral que considere convenientes.

    TERCERO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos a que: i) Integre los modelos de pautas aprobados por el Comité de Radio y Televisión a los modelos que se aprueban mediante el presente instrumento; ii) Elabore los pautados específicos para cada emisora, y iii) Los remita junto con los acuerdos aplicables y los materiales respectivos a los concesionarios y permisionarios de radio y televisión previstos en el catálogo de emisoras de radio y televisión respectivo.

    CUARTO. Notifíquese al Vocales Ejecutivos del Instituto Federal Electoral en los estados de Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Colima, Durango, Morelos, Nayarit, Oaxaca, San Luis Potosí, Veracruz y...

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