Acuerdo CCNO/7/2007 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la prórroga del plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos al Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en Tepic, Nayarit, así como de la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los ...

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2007

ACUERDO CCNO/7/2007 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la prórroga del plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos al Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en Tepic, Nayarit, así como de la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los Tribunales Colegiados del Decimosegundo Circuito, con residencia en Mazatlán, S..

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, A. y Creación de Nuevos Organos.

ACUERDO CCNO/7/2007, DE LA COMISION DE CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA PRORROGA DEL PLAZO DE EXCLUSION DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS AL TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CUARTO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN TEPIC, NAYARIT, ASI COMO DE LA MODIFICACION TEMPORAL DE LA JURISDICCION TERRITORIAL DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DEL DECIMOSEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN MAZATLAN, SINALOA.

CONSIDERANDO

PRIMERO

En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

SEGUNDO

El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

TERCERO

El artículo 81, fracción XXIV, de la citada Ley Orgánica, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, de conformidad con lo ordenado en el artículo 57, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del...

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