Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-07-TUR-1996, De los elementos normativos del seguro de responsabilidad civil que deben contratar los prestadores de servicios turísticos de hospedaje para la protección y seguridad de los turistas o usuarios

Fecha de disposición19 Junio 2002
Fecha de publicación19 Junio 2002
EmisorSECRETARIA DE TURISMO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

PROYECTO de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-07-TUR-1996, De los elementos normativos del seguro de responsabilidad civil que deben contratar los prestadores de servicios turísticos de hospedaje para la protección y seguridad de los turistas o usuarios.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.

PROYECTO DE MODIFICACION DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-07-TUR-1996, DE LOS ELEMENTOS NORMATIVOS DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL QUE DEBEN CONTRATAR LOS PRESTADORES DE SERVICIOS TURISTICOS DE HOSPEDAJE PARA LA PROTECCION Y SEGURIDAD DE LOS TURISTAS O USUARIOS.

EDUARDO BARROSO ALARCON, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 34 y demás relativos de la Ley Federal de Turismo; 1o., 2o. fracción II, 3o. fracción XI, 38 fracción II, 40 fracción III, 41, 43, 44, 45, 46 y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 7 fracciones XIII y XIV, 18 fracciones IV, V, VI y VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-07-TUR-1996, De los elementos normativos del seguro de responsabilidad civil que deben contratar los prestadores de servicios turísticos de hospedaje para la protección y seguridad de los turistas o usuarios.

El presente Proyecto se publica a efecto de que los interesados, dentro de los 60 días naturales siguientes a la publicación del mismo, presenten sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística, situado en Presidente Masarik número 172, 1er. piso, colonia Chapultepec Morales, código postal 11587, México, D.F.

Durante el plazo mencionado, los análisis que sirvieron de base para la elaboración del Proyecto de Norma, estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los quince días del mes de abril de dos mil dos.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística, Eduardo Barroso Alarcón.- Rúbrica.

Indice

  1. Introducción

  2. Objetivo

  3. Campo de aplicación

  4. Definiciones

  5. Disposiciones generales

  6. Requisitos mínimos de cobertura y suma asegurada

  7. Exclusiones

  8. Vigilancia de la Norma

  9. Bibliografía

  10. Concordancia con normas internacionales

  11. Introducción

    El seguro, como instrumento financiero de prevención y protección constituye un apoyo para la promoción del turismo nacional y extranjero, al proporcionar un valor agregado de seguridad a la oferta de hospedaje e incrementar la calidad global de los servicios, así como liberar a los prestadores de servicios de problemas derivados de acontecimientos contingentes, creando conciencia de prevención en el sector, y fomentando el ahorro interno.

    Con objeto de dar debido cumplimiento al artículo 34 fracciones I, II y IV de la Ley Federal de Turismo, se expide la...

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