Tumban a Veracruz el delito de ultrajes

AutorVíctor Fuentes

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó ayer el delito de ultrajes a la autoridad tal y como estaba legislado desde marzo de 2021 en Veracruz.

Por 10 votos contra uno, el pleno de la Corte resolvió que este delito viola el derecho humano a la libertad de expresión y el principio de taxatividad penal, porque permite castigar con prisión un amplio espectro de conductas que pueden ser calificadas como "amenazas" o "agresiones" a los servidores públicos.

La sentencia tiene efectos retroactivos, por lo que quedarán absueltas todas las personas que hubieran sido acusadas con base en el artículo 331 del Código Penal de Veracruz.

Dicho artículo será anulado tanto en su primer párrafo, que define la conducta sancionable, como en las fracciones 1, 2 y 4, que contienen agravantes que incrementan la pena de cárcel.

El mero ultraje a la autoridad, sin agravantes, era castigado en Veracruz con 2 a 5 años de cárcel -en contraste con los 6 meses a 2 años previstos hasta la reforma de marzo de 2021-, pero la pena crecía de 5 a 7 años cuando la amenaza o agresión implicaba violencia.

Algunos ministros consideraron que la inconstitucionalidad sólo es por el ataque a la libre expresión y el discurso político protegido por la Constitución, mientras que otros consideraron que la conducta no está bien delimitada y aclarada en el Código.

"La descripción típica es susceptible de que con cualquier formulación verbal, escrita o cibernética se cause molestia o incomodidad a un servidor público, pues no contiene, en la propia ley aclaraciones y precisiones necesarias para evitar su aplicación arbitraria", afirma la sentencia.

Norma Piña explicó que el Congreso de Veracruz, equivocadamente, usa las expresiones amenazas y agresiones como si fueran sinónimo, y que tampoco se hace diferencia entre una agresión física y una verbal.

"Se sancionan expresiones de crítica, de interés público, tuteladas por la libertad de expresión", dijo Piña; mientras que Margarita Ríos-Farjat enfatizó que cualquier palabra, gesto o burla puede ser calificada como una agresión.

El domingo, en una maniobra de ultima hora, el Congreso de Veracruz aprobó una reforma para derogar las fracciones 2 y 4 del artículo 331, y pidió a la Corte ya no discutir el tema y desechar las acciones de inconstitucionalidad enlistadas para la sesión.

Pero los ministros no aceptaron, pues no se derogó el primer párrafo del artículo, amén que el caso de todos modos tenía que discutirse, para...

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