Aviso relativo a la primera solicitud de revisión de la Resolución Final de la investigación antidumping sobre las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta, mercancía actualmente clasificada en las fracciones arancelarias 7305.11.01 y 7305.12.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación...
Fecha de disposición | 06 Julio 2005 |
Fecha de publicación | 06 Julio 2005 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
AVISO relativo a la primera solicitud de revisión de la Resolución Final de la investigación antidumping sobre las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta, mercancía actualmente clasificada en las fracciones arancelarias 7305.11.01 y 7305.12.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, originarias de los Estados Unidos de América.
Sección Mexicana del Secretariado de los Tratados de Libre Comercio.
AVISO
La Sección Mexicana del Secretariado de los Tratados de Libre Comercio, constituida de conformidad con el artículo 2002 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, y establecida por el Acuerdo secretarial y sus reformas, publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 19 de julio de 1996, 28 de abril de 1997 y 28 de diciembre de 2000, a través de su Secretario General, Dr. Rafael Serrano Figueroa, publica el presente Aviso para dar cumplimiento a lo dispuesto por el párrafo (2) de la Regla 35 de las Reglas de Procedimiento del Artículo 1904 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte.
El 24 de junio de 2005, la Sección Mexicana del Secretariado de los Tratados de Libre Comercio recibió la Primera Solicitud para la Revisión ante un Panel de la Resolución Final emitida por la Secretaría de Economía, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2005, relativa a la Resolución Final de la investigación antidumping sobre las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta, mercancía actualmente clasificada en las fracciones arancelarias 7305.11.01 y 7305.12.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, originarias de los Estados Unidos de América . Dicha solicitud fue presentada por el representante legal de la empresa Berg Steel Pipe Corp.
Con fundamento en la regla 35(1)(c) de las Reglas de Procedimiento del artículo 1904 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, se comunica lo siguiente:
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Una Parte o persona interesada podrá impugnar la resolución definitiva en parte o en su totalidad, mediante la presentación de una Reclamación en los términos de la Regla 39, dentro de los 30 días siguientes...
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