Resolución No. 5 Relativa a La Denuncia Presentada por El Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México, C. Mariano Trillo Quiroz, en Contra de Bartolomé León Pizano, Ismael Arias Rodríguez, Rubén Gutiérrez Yañez y Del Partido Acción Nacional, Misma que Se Radicó con El Número de Expediente 02/2008

Fecha de disposición25 Octubre 2008
Fecha de publicación25 Octubre 2008
SecciónAnexos
Número de Gaceta46

DEL GOBIERNO DEL ESTADOINSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMARESOLUCIÓN No. 5

RELATIVA A LA DENUNCIA PRESENTADA POR EL PRESIDENTE DEL COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, C. MARIANO TRILLO QUIROZ, EN CONTRA DE BARTOLOMÉ LEÓN PIZANO, ISMAEL ARIAS RODRÍGUEZ, RUBÉN GUTIÉRREZ YAÑEZ Y DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, MISMA QUE SE RADICÓ CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE 02/2008.

PERÍODO INTERPROCESO 2006-2008

PROCEDIMIENTO SANCIONADOREXPEDIENTE NÙMERO 02/2008

DENUNCIANTE:

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO.

DENUNCIADOS: CC. BARTOLOMÉ LEÓN PIZANO, ISMAEL ARIAS RODRÍGUEZ, RUBÉN GUTIÉRREZ YÁÑEZ Y PARTIDO ACCIÓN NACIONAL.

RESOLUCIÓN NÚMERO 5

Colima, Colima, a 22 (veintidós) de Octubre de 2008 (Dos mil ocho)

VISTOS

para resolver la denuncia presentada por el Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México, el C. MARIANO TRILLO QUIROZ, ante este Consejo General, misma que se radicó con el número de expediente 02/2008, en contra de BARTOLOMÉ LEÓN PIZANO, ISMAEL ARIAS RODRÍGUEZ, RUBÉN GUTIERREZ YÁÑEZ, y del PARTIDO ACCION NACIONAL, emitiendo para ello los siguientes RESULTANDOS:

I.

Que el día 22 (veintidós) de septiembre de 2008, el C. MARIANO TRILLO QUIROZ Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México, a través del escrito presentado ante la oficialía de partes de este Instituto, interpuso denuncia de hechos en contra de los CC. RUBÉN GUTIÉRREZ YAÑEZ, BARTOLOMÉ LEÓN PIZANO, ISMAEL ARIAS RODRÍGUEZ y el partido político ACCIÓN NACIONAL, por considerar la realización de actos de proselitismo electoral fuera de los plazos establecidos por la ley electoral estatal, el uso de bienes públicos en apoyo a la realización de un acto cuya finalidad fue la promoción personal y la imagen del partido político en el interior del edificio que alberga a la escuela de educación primaria federal "MARÍA GUADALUPE DE LA ROSA BENITEZ", en la comunidad de paticajo en el Municipio de Minatitlán, Colima, contraviniendo lo estipulado en los artículos, 134, 151 fracciones II y V, 176 fracción III, 178 y demás relativos del Código Electoral del Estado de Colima, manifestando al efecto la siguiente narración de hechos HECHOSI.-

En fecha 14 (catorce) de septiembre de 2008 (dos mil ocho), se llevó a cabo en la comunidad de Paticajo, Municipio de Minatitlán, Colima, un torneo deportivo, en la cancha de usos múltiples de la Escuela Primaria Federal denominada "MARÍA GUADALUPE DE LA ROSA BENITEZ", lugar en el cual se colocó en la malla ciclónica del cerco perimetral de la escuela en mención por su interior, una lona de aproximadamente tres metros de largo por dos metros de ancho, en fondo color azul, en cuyo extremo superior se observa una figura circular figurando un balón de foot ball en color blanco, en cuyo centro se observa el logotipo del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, debajo de esta dos líneas perpendiculares en color blanco cargadas a la izquierda que inician desde el centro izquierdo de la lona y se abre sistemáticamente de menor a mayor hasta el inicio de la grafía del balón antes descrito, cargado hacia el lado izquierdo y a esa misma altura en el extremo derecho la leyenda "BIENVENIDOS", en el centro de la citada lona la leyenda "POR SOLIDARIDAD", bajo esta la frase "HAZ DEPORTE EN FAMILIA" todo esto en letras blancas, en la parte inferior cargado a la izquierda, se distingue la leyenda COPA PAN las cuatro primeras letras en color naranja y las tres posteriores en color blanco, bajo de esto la leyenda ACCION NACIONAL en color blanco; todos estos colores que identifican al partido político Acción Nacional. II.- De igual forma es importante señalar que en el interior de la multicitada escuela se encontraban jóvenes de ambos sexos, algunos de los cuales al parecer ingiriendo bebidas alcohólicas, esto bajo la presencia y organización del Presidente del comité Municipal del partido político Acción Nacional BARTOLOMÉ LEÓN PIZANO, el regidor de dicho partido político ISMAEL ARIAS RODRÍGUEZ y el integrante de Comité Directivo Municipal del partido Acción Nacional RUBÉN GUTIÉRREZ YAÑEZ, quienes se dirigieron a los presentes, acto tendiente a posicionar su imagen personal, especialmente la del último de los citados; aunado a esto, cabe señalar que los dichos integrantes del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, citaron a un torneo deportivo, pero es público y notorio que su intención fue posicionar tanto su imagen personal, especialmente la de uno de ellos, así como la del instituto político al cual pertenecen, agravado esta situación presumible de las pruebas que se presentan, el hecho de ingerir bebidas alcohólicas dentro de una institución educativa en la cual se llevó el acto político electoral que me causa agravio.

A G R A V I O S

A)

Las actividades descritas y que fueron realizadas por los denunciados son inobservantes a lo dispuesto en el artículo 151 en su fracción II toda vez que se realizan actos de proselitismo electoral tendiente a posicionar la imagen del partido político en mención y de los denunciados, particularmente del C. RUBÉN GUTIÉRREZ YAÑEZ, quien se menciona ser posible candidato a la Presidencia Municipal de Minatitlán, Colima, en el próximo proceso electoral, fuera de los plazos que se establecen en los artículos 134,135 y 136 del Código Electoral vigente en el Estado, obteniendo una ventaja indebida hacia con mi representado y otros partidos políticos y ciudadanos que observan las obligaciones estipuladas por la Ley Electoral, ya que no son tiempos de precampaña, ni campaña electoral, violando de esta forma el principio de equidad, legalidad y certeza jurídica, rectores en materia electoral. B) Lo narrado en los puntos de hechos de igual forma contraviene a lo estipulado en la fracción V del artículo 151 de la Ley Electoral del Estado, inobservando los principios rectores de equidad, legalidad y certeza jurídica en materia electoral, causándome agravio, toda vez que al hacer uso de la cancha de usos múltiples de la escuela primaria Federal "MARÍA GUADALUPE DE LA ROSA BENITEZ" y colocar propaganda política electoral en el interior de dicha institución educativa, se violenta el citado articulado y fracción que impide hacer uso de bienes públicos en la realización de actos de proselitismo, con lo que se actualiza la hipótesis a la cual me refiero, en la presente denuncia. C) Los hoy denunciados violentan y me causa agravio a lo dispuesto en el artículo 176, fracción III, del Código Electoral de nuestro Estado, puesto que al colocar propaganda de difusión de un partido político, en la escuela pública de referencia en su interior, se corrompe lo ordenado en el artículo antes citado y de esta forma se vulnera los principios de legalidad, equidad y certeza jurídica, consagrada en nuestro máximo cuerpo de leyes.

P R U E B A S

  1. DOCUMENTAL:

Consistente en nueve fotografías con las cuales se pretende acreditar que los hoy denunciados BARTOLOMÉ LEÓN PIZANO, ISMAEL ARIAS RODRÍGUEZ, RUBÉN GUTIÉRREZ YAÑEZ, GABRIELA DE LA PAZ SEVILLA BLANCO, realizaron un acto de proselitismo electoral, utilizó bienes públicos y colocó propaganda electoral en una escuela pública de educación básica, así mismo con las cuales se demuestra que la propaganda se colocó dentro de la escuela en mención y que de las mismas llevan una secuencia lógica, ya que las personas que aparecen en algunas de las fotografías en una actitud pasiva observando un juego que se esta llevando acabo y posteriormente celebrando al parecer en una categoría femenil y posteriormente aparecen en una actitud activa formando parte de la celebración del acto deportivo, como es el caso de un individuo que aparece de playera amarilla, pantalón de mezclilla, gorra y zapatos en color azul actuando en la posición de guardameta y en cuyo fondo se aprecia claramente la lona descrita en el punto primero de hechos, todo esto en el interior de la institución educativa multicitada, esta persona que se describe aparece reiteradamente en las fotografías 1,2,3,4,8 y 9, sistematizadas y agregadas al presente, prueba que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente denuncia. B) DOCUMENTAL: Consistente en el acta de hechos suscrita por el C. RAUL GAYTAN PEREGRINA, director de la USEM, Prof. PEDRO MANUEL MADRIGAL CASTILLO, Supervisor Escolar de la Zona 20, Prof. UVALDO CARRILLO RODRÍGUEZ Director de la escuela MARÍA GUADALUPE DE LA ROSA BENITEZ, el Comisariado Municipal de la comunidad de Paticajo del Municipio de Minatitlán, Colima, CELESTINO CASTAÑEDA CAMPOS Y ANITA MICHEL CORTÉS, con lo cual se pretende acreditar que los hoy denunciados realizaron y organizaron un acto de proselitismo electoral y colocaron propaganda político electoral en el interior de la escuela en mención, prueba que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos del presente escrito. C) PRESUNCIONAL: en su doble aspecto legal y humana, en todo lo que favorece a mi representado. D) INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES: en su triple aspecto, Técnico, legal y humana en todo lo que favorezca a mi representado.

II.-

El día 23 de septiembre de 2008 el Secretario Ejecutivo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, dio cuenta a la Presidencia del escrito de denuncia presentado por el C. MARIANO TRILLO QUIROZ Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México, dando cumplimiento a los artículos 307 y 310 del Código Electoral del Estado, habiéndose verificado que el denunciante cumplió a cabalidad todos los requisitos establecidos en dichos numerales.

El mismo día 23 de septiembre de 2008, visto el escrito con que da cuenta el Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral del Estado y toda vez que en el mismo se manifestó que los denunciados, CC. RUBÉN GUTIÉRREZ YAÑEZ, BARTOLOMÉ LEÓN PIZANO e ISMAEL ARIAS RODRÍGUEZ pertenecen al Partido Acción Nacional, lo cual no estaba plenamente acreditado con la denuncia, en ejercicio de las...

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