Tributos por inversión extranjera en México

AutorYesenia del Carmen Trejo Cruz

El sistema jurídico mexicano regula con diversas disposiciones la inversión extranjera como actividad para ser realizada por los propios nacionales y extranjeros en el territorio mexicano. Ésta última se desarrolla bajo su ley reglamentaria con distintos objetivos, cuyos efectos se pueden traducir en la introducción de divisas al país receptor de la inversión, prestación de servicios, venta de productos "actos de comercio", capacitación, derrama económica, generación de empleos directos e indirectos y el pago de contribuciones.

La inversión extranjera en México reviste la confluencia de diversos ámbitos (normativo, político, económico, internacional) que permiten su desarrollo y aplicación en el territorio nacional.

Nuestro país ha participado de la inversión extranjera a partir de 1950, bajo un telón de fondo acorde a las momentos coyunturales sociales y políticos, que marcaban la tendencia a seguir en materia de apertura económica internacional, y por ende en técnica legislativa.

Lo anterior ha delimitado el desarrollo gradual de las inversiones en México de cara a su incorporación en los escenarios económico internacionales a través de tratados, acuerdos económicos, normatividad interna, que han dejado en segundo plano las barreras y fronteras de las relaciones internacionales originadas en la propia legislación interna, o bien por su falta.

En este tenor (y en atención a la política económica gubernamental) actualmente se pueden apreciar los efectos de la inversión extranjera (así como el cumplimiento de sus objetivos) por medio del pago de contribuciones impuestas a dicha actividad.

Debemos considerar también aquellos aspectos que puedan considerarse contrarios al sistema tributario mexicano "como elusión fiscal y simulación de actos en inversión neutra (fideicomisos)", a la luz de la ley regulatoria de las inversiones.

Importancia constitucional y fiscal de la inversión extranjera en México

Bajo un entorno dogmático las inversiones extranjeras representan el aglutinamiento de actos y supuestos normativos que, regulados por el órgano parlamentario, inciden en diversas áreas jurídicas a saber. De ahí que la regulación específica de la inversión extranjera en México no se constriñe de manera exclusiva a la Ley de inversión vigente desde 1993, pues dada la naturaleza de los actos considerados como inversión extranjera para nuestro sistema jurídico debemos de recurrir a la ley correspondiente para determinar los objetivos propios de cada materia objeto de la inversión,1 situación que provoca el manejo complejo de ésta pues se debe sistematizar la finalidad en general de las inversiones reguladas en la ley correspondiente y, por otra parte, conocer (por los sujetos inversionistas) la finalidad misma de los actos a desarrollar. Lo anterior se manifiesta para precisar la interrelación que guarda el estudio dogmático de la inversión con los derechos a ser garantizados en los ciudadanos residentes donde tiene incidencia la inversión.

De la relación que se menciona surge la dualidad derecho y economía como elementos que intervienen en la creación y ejecución de las inversiones. Esta entidad la podemos trasladar al campo del neo-constitucionalismo2 para destacar la actuación de los entes públicos y el derecho administrativo-tributario, ámbito en el que se insertan las inversiones, pero sobre todo la aplicación del derecho en los particulares.

Para el caso que nos ocupa lo delimitamos al sustento jurídico en la Ley de Inversión vigente,3 para resaltar en forma clara la vinculación que hay con la materia tributaria.

Partimos en principio "por la base de nuestra estructura jurídica" señalando que las inversiones extranjeras (a nuestro juicio) gozan de un reconocimiento rígido y tradicional4 signado en el texto constitucional actual de cara a los Artículos 73.º (Fracción XIX-F)5 y 131.6 respectivamente.

Frente a la regulación constitucional de la inversión extranjera encontramos la presencia de la técnica legislativa, acuerdos económicos y tratados internacionales, elementos que representan un mecanismo o conducto para su viabilidad y eficacia.

La vinculación que opera entre la inversión extranjera y el pago de contribuciones resulta evidente para el desarrollo económico de la sociedad en general, de dicha relación se destaca el enfoque legal y pragmático que debe observarse en razón a la reciprocidad que detentan como fuentes de sostenimiento económico.

Para nuestro país la inversión extranjera opera bajos diferentes objetivos7 que en el ámbito tributario su importancia se destaca en atención a los hechos hipotéticos de las diversas leyes fiscales, que gravan los actos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR