Tributarán en 2015 ventas de acciones

AutorAbraham Saucedo

Con la entrada en vigor de la reforma fiscal, que aplica un nuevo impuesto de 10 por ciento a las ganancias por enajenación de acciones, algunos clientes de casas de bolsa asumen erróneamente que éstas deberían estarles ya reteniendo algún monto por sus operaciones.

No obstante, la Ley ISR vigente a partir de 2014 no exige que las casas de bolsa ni otros intermediarios bursátiles realicen tales retenciones, sino que meramente informen a sus clientes de las ganancias o pérdidas incurridas por la intermediación durante el año fiscal, para lo cual requieren expedir constancias cuyo formato el SAT aún no termina de diseñar.

David Mariano Escalante Romero, socio de impuestos de KPMG, indicó que, de acuerdo con la nueva regulación, las entidades financieras autorizadas en México para actuar como intermediarios del mercado de valores deben hacer el cálculo de la ganancia o pérdida por las enajenaciones y operaciones realizadas en cada ejercicio fiscal de sus clientes.

Posteriormente, les entregarán constancias con ésta información pormenorizada para que la integren a su "declaración del régimen cedular", que los contribuyentes deberán entregar con su declaración anual de impuestos.

"Este impuesto no es acreditable contra otros impuestos y es muy independiente del ISR de los demás ingresos que el contribuyente deba acumular"...

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