Tributación internacional

AutorJosé Luis Ureña Lizárraga
CargoContador Público y Maestro en Impuestos por la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS)
Páginas12-24

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"La doble tributación puede generarse cuando uno de los dos países solicita al contribuyente el pago de impuestos por el hecho de ser residente, o cuando alguno de los dos países reclama que el ingreso se generó en su territorio".

El problema central de la tributación internacional

Cuando existe comercio bilateral, los gobiernos de ambos países pueden desear cobrar impuestos sobre las ganancias de ese comercio. Para ejemplificarlo, supongamos que el Sr. Pérez intercambió dinero por un auto. Supongamos además que el vendedor del auto es un americano que reside en Estados Unidos de América (en adelante EUA), el auto fue manufacturado en México, y el Sr. Pérez vive en México. Los EUA pueden reclamar el derecho a gravar la ganancia de la venta del auto porque el vendedor es norteamericano, y México puede reclamar el derecho a cobrar impuestos porque el auto fue hecho en México y vendido en México a un residente mexicano. Se traslapan las reclamaciones por tener la autoridad de cobrar los impuestos -algunas veces se refieren a esto como una posibilidad de doble tributación jurídica- y ello puede crear dificultades de coordinación.

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Para ilustrar las dificultades de coordinación, suponga que México impone 50% de impuestos sobre cualquier ganancia que ocurra en México, y que EUA impone un 50% de impuestos sobre las ganancias, sin importar en qué lugar se han generado siempre y cuando se trate de un ciudadano o residente de EUA. Bajo este supuesto, la tasa combinada impuesta es de 100%, la ganancia entera de la transacción se iría a pagar los impuestos, y lo más probable es que dicha transacción nunca se llevaría a cabo. La pérdida de la transacción lastimaría a ambas partes tanto como a las tesorerías de México y de EUA. El estudio de los impuestos internacionales es el estudio de la coordinación entre países soberanos.

En el ejemplo que hemos considerado, la doble tributación potencial surge porque uno de los países reclama tener la autoridad de imponer impuestos basado en el criterio de la residencia (o ciudadanía) de los contribuyentes, y el otro país reclama la autoridad basado en el criterio del lugar en el que se generaron los ingresos. La doble tributación puede generarse cuando uno de los dos países solicita al contribuyente el pago de impuestos por el hecho de ser residente, o cuando alguno de los dos países reclama que el ingreso se generó en su territorio. Los países generalmente intentan combatir la doble tributación de dos formas: A través de legislación doméstica unilateral, y por medio de tratados bilaterales.

Neutralidad impositiva estándares de la neutralidad impositiva internacional

El sistema tributario no debiera ser el tema principal para establecer una compañía en un país extranjero; es decir, las decisiones de negocios e inversiones deberían hacerse por razones no relacionadas con el pago de impuestos. En el contexto de la tributación internacional el concepto de neutralidad impositiva tiene varios estándares; dichos estándares han sido analizados y tomados como base para le negociación de los convenios bilaterales y los mismos se han adoptado de mane-ra separada o combinada; incluso un sistema tributario de un país puede contener elementos de cada uno de ellos.

El primer estándar es, la neutralidad del capital-exportación; un sistema tributario logra este estándar si la opción del contribuyente entre invertir capital en casa o en otro país no se ve afectada por el pago de impuestos. Por ejemplo, si la Corporación X norteamericana tiene una tasa tributaria del 35% en EUA sobre sus ingresos en cualquier parte del mundo y el ingreso de la sucursal mexicana también está sujeto a un 30% del ingreso como pago de impuesto mexicano. Bajo este concepto de neutralidad de capital-exportación el impuesto pagado en México se acredita contra el impuesto que se deba pagar en EUA, y por lo tanto las utilidades generadas en México terminan pagando una tasa del 5% en el referido país. La tasa impositiva de la Corporación X es 35% sin importar en dónde se realiza la inversión. La neutralidad de capital-exportación propicia una eficiente colocación del capital. La Corporación X hará sus decisiones de inversión basado en factores de negocio, en vez de en las tasas tributarias.

El segundo estándar de neutralidad es la de capital-exportación, la cual entendemos como la neutralidad extranjera o competitiva. Este estándar es satisfecho cuando todas las organizaciones que realizan negocios en un mercado son gravadas a una misma tasa. Comparado con el mecanismo de acreditamiento, este método de excepción viola la neutralidad capital-exportación. Para ilustrar lo anterior comentado, cito el siguiente ejemplo; un contribuyente de EUA pagará impuestos totales más bajos si la inversión se hace en México (que tiene la tasa del 30%) comparado con la inversión

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en EUA (que tiene un impuesto del 35%).

Un tercer estándar de neutralidad es la neutralidad nacional. Para ilustrar este estándar damos el siguiente ejemplo. El Impuesto Sobre la Renta pagado por un establecimiento permanente (EUA) en México sería deducible y no acreditable para los pagos de impuestos en los EUA para la casa matriz. Los impuestos al ingreso extranjero serían tratados de la misma manera que cualquier otro gasto de negocio doméstico o internacional. Nótese que el efecto sobre el contribuyente es más alto sobre todos los impuestos porque la deducibilidad de los impuestos pagados sobre los ingresos en México, no reduce el impuesto de EUA dólar por dólar.

El sistema tributario de México está basado principalmente en el estándar de capital-exportación. Un ejemplo de esto, es el mecanismo de acreditamiento señalado en el artículo sexto de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que permite a los contribuyentes mexicanos operando en el extranjero, reducir el pago de impuestos en una cantidad igual a cualquier impuesto sobre el patrimonio previamente pagado en otros países. En otros países, el sistema tributario tiene una combinación de los tres están-dares. En EUA aparte del sistema de acreditamiento que es muy similar al de México, los impuestos extranjeros normalmente pueden ser deducidos hasta un límite, es decir se da el supuesto de incurrir en impuestos extranjeros no acreditables; este tratamiento y otras restricciones sobre el mecanismo de acreditamiento de impuestos extranjeros deben mantenerse dentro del principio de neutralidad nacional. Finalmente, se invoca el principio de neutralidad capital-importación hasta el punto en que EUA exente el pago de impuestos a los provenientes de ingresos de las subsidiarias extranjeras de corporaciones de EUA (para que puedan competir contra negocios locales).

Otras generalidades de los sistemas...

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