Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 1 de Septiembre de 1997 (Tesis num. XXI.1o.82 C de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 01-09-1997 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | XXI.1o.82 C |
Fecha de publicación | 01 Septiembre 1997 |
Fecha | 01 Septiembre 1997 |
Número de registro | 197841 |
Materia | Derecho Procesal,Civil |
En términos de lo dispuesto por el artículo 331 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero, la petición de tachas se sustancia incidentalmente en cuaderno por separado y su resolución se reserva para la sentencia definitiva. Ahora bien, al omitirse lo anterior, el tribunal de alzada puede proceder a su resolución, ya que no se trata de los recursos a que se refiere el diverso numeral 396, fracción...
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