Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 1 de Septiembre de 1997 (Tesis num. XXI.1o.82 C de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 01-09-1997 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXI.1o.82 C
Fecha de publicación01 Septiembre 1997
Fecha01 Septiembre 1997
Número de registro197841
MateriaDerecho Procesal,Civil

En términos de lo dispuesto por el artículo 331 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero, la petición de tachas se sustancia incidentalmente en cuaderno por separado y su resolución se reserva para la sentencia definitiva. Ahora bien, al omitirse lo anterior, el tribunal de alzada puede proceder a su resolución, ya que no se trata de los recursos a que se refiere el diverso numeral 396, fracción...

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