Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 1 de Septiembre de 1994 (Tesis num. XVII. 2o. 30 K de Segundo Tribunal Colegiado del Decimo Septimo Circuito, 01-09-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII. 2o. 30 K
Fecha de publicación01 Septiembre 1994
Fecha01 Septiembre 1994
Número de registro210584
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

El poder general para pleitos y cobranzas, otorgado a determinada persona con todas las facultades generales y aun las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, sin que se le hubiera limitado en forma alguna, la legítima para promover el incidente de daños y perjuicios que establece el último párrafo del artículo 105 de la Ley de Amparo, en nombre y representación de su mandante. Ello es así en virtud de que al estar otorgado el reiterado poder con todas las facultades generales, aun las especiales que requieran cláusula de tal naturaleza de acuerdo con la ley, debe entenderse que es de carácter ilimitado, y no solamente para hacerse cargo del juicio de garantías, por lo que, por tal razón, está legitimada para promover el...

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