Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito, 1 de Septiembre de 2003 (Tesis num. XVI.5o.7 P de Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito, 01-09-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVI.5o.7 P
Fecha de publicación01 Septiembre 2003
Fecha01 Septiembre 2003
Número de registro183228
MateriaDerecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Penal

De la interpretación de los artículos 103 y 113 del Código Penal Federal se infiere que los plazos prescriptivos a que se contraen los mismos en relación con penas no restrictivas de libertad, sólo serán contados a partir de la fecha en que cause ejecutoria la resolución correspondiente. De manera que si de las constancias informantes de la causa penal de donde emergen los actos reclamados se advierte que, por lo que hace al quejoso, la sentencia que le impuso dichas penas no ha causado ejecutoria, merced a que su contenido se encuentra subjúdice al resultado del juicio de amparo directo que promovió en contra de la sentencia, constitutiva ahora de reclamo, que recayó al recurso de apelación que en su...

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