Tesis, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito, 1 de Agosto de 2009 (Tesis num. VII.1o.A. J/40 de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito, 01-08-2009 (Reiteración))

Número de registro166556
Número de resoluciónVII.1o.A. J/40
Fecha de publicación01 Agosto 2009
Fecha01 Agosto 2009
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Agosto de 2009; Pág. 1506
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal

De la interpretación del artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, vigente a partir del 1o. de enero de 2006 que, en lo conducente, dispone que las sentencias del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se fundarán en derecho y resolverán sobre la pretensión del actor que se deduzca de su demanda, en relación con una resolución impugnada y que las Salas de dicho órgano podrán "examinar en su conjunto los agravios y causales de ilegalidad, así como los demás razonamientos de las partes, a fin de resolver la cuestión efectivamente planteada, pero sin cambiar los hechos expuestos en la demanda y en la contestación", se advierte que éstas tienen la obligación ineludible, al estudiar los conceptos de anulación planteados, de considerar las razones vertidas por las autoridades en su contestación en cuanto a tales conceptos y, de no hacerlo, esa omisión hace incongruente el fallo que dicten, en términos del mencionado precepto. Por tanto, si la S.F., al emitir su sentencia toma en cuenta exclusivamente los conceptos de nulidad y omite analizar lo argumentado por las autoridades al respecto en su contestación a la demanda, viola el principio de congruencia previsto por el citado artículo 50.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

PRECEDENTES:

Revisión fiscal 340/2007. Administración Local Jurídica de Xalapa. 4 de septiembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: G.G.A.L.. Secretario: F.R.O.L..

Revisión fiscal 348/2007. Administración Local Jurídica de Xalapa. 19 de septiembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: M.F.R.C.. Secretaria: C.G.D..

Revisión fiscal 331/2007. Administración Local Jurídica de Xalapa. 6 de...

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