Tesis, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Enero de 2010 (Tesis num. I.7o.A. J/49 de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-01-2010 (Reiteración))

Número de registro165363
Número de resoluciónI.7o.A. J/49
Fecha de publicación01 Enero 2010
Fecha01 Enero 2010
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Enero de 2010; Pág. 1988
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa

El artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece diversos derechos públicos subjetivos, entre ellos, los concernientes a la seguridad jurídica y a la inviolabilidad del domicilio de los gobernados, señalando como excepción la facultad de las autoridades administrativas para practicar visitas domiciliarias, para lo cual se requiere de una orden escrita que cumpla con los requisitos previstos en la propia disposición constitucional para los cateos, entre los cuales, destaca el relativo a la expresión de la persona o personas que hayan de aprehenderse. Este requisito se satisface en materia administrativa cuando en la orden de verificación se precisa el individuo o individuos que deban visitarse, otorgándoles de esa manera certeza sobre la intención de la autoridad de introducirse a su domicilio para practicar la diligencia. Ahora bien, el artículo 26 del Reglamento de Verificación Administrativa para el Distrito Federal establece que toda visita de verificación debe contener, "como mínimo", los elementos descritos en cada una de sus fracciones, de lo que puede advertirse que los que ahí se enumeran no son los únicos que deben contener las órdenes relativas, pues dicha disposición no está redactada limitativamente, máxime si se toma en cuenta que su fracción XIII estatuye que debe cumplirse, además, con los requisitos previstos en los ordenamientos legales o reglamentarios aplicables, como es el contenido en el artículo 16, fracción III, del propio reglamento, conforme al cual las autoridades establecerán un sistema de identificación de expedientes para la verificación administrativa, el cual debe contener, entre otros datos, el nombre, denominación o razón social de la persona que aparezca registrada...

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