Tesis, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 1 de Abril de 2009 (Tesis num. VI.2o.C. J/309 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 01-04-2009 (Reiteración))
Número de registro | 167485 |
Número de resolución | VI.2o.C. J/309 |
Fecha de publicación | 01 Abril 2009 |
Fecha | 01 Abril 2009 |
Localizador | 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXIX, Abril de 2009; Pág. 1775 |
Tipo de Jurisprudencia | Reiteración |
Materia | Civil |
Si se omite o se estima indebida la notificación de la sentencia de primera instancia, debe impugnarse a través del incidente de nulidad previsto en el artículo 61 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, vigente hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil cuatro, aun cuando ya se hubiere emitido el auto que declara ejecutoriado dicho fallo; en principio, porque el auto que da firmeza a una sentencia no cierra fase procesal alguna, como sí lo hace la sentencia de primer grado, mediante la cual termina la primera instancia, o la de segundo grado, con la que concluye la segunda instancia, ni se trata de la resolución que pone fin a la etapa de ejecución de sentencia, con la que concluye ese periodo, sino que es una mera declaración, por virtud de la cual se hace del conocimiento de las partes que la sentencia respectiva ha quedado firme por no ser susceptible de impugnación o por no haber sido recurrida por alguna de ellas; pero además, porque la indicada incidencia no atenta contra la firmeza de la cosa juzgada, pues ésta no estriba en el auto que declara ejecutoriada una sentencia, sino está en la propia resolución, pues es ésta la que contiene la verdad legal establecida por el juzgador, irrebatible e inmodificable por virtud de un medio de defensa accesorio que no tenga la característica de ser un recurso que la ley expresamente establezca para obtener su revocación o modificación. Por tanto, si el señalado incidente de nulidad sólo tiene por finalidad dejar sin efectos todas las actuaciones a partir de la omitida o indebida notificación, es decir, las...
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