Tesis, Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Febrero de 2012 (Tesis num. I.6o.T. J/121 (9a.) de Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-02-2012 (Reiteración))

Número de resoluciónI.6o.T. J/121 (9a.)
Fecha de publicación01 Febrero 2012
Fecha01 Febrero 2012
Número de registro160328
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro V, Febrero de 2012, Tomo 3; Pág. 1949
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaLaboral

De la cláusula 53 de las Condiciones Generales de Trabajo del Banco Nacional de Crédito Rural, Sociedad Nacional de Crédito (en liquidación), se advierte la intención de que los trabajadores que puedan obtener su pensión jubilatoria adquieran un mayor beneficio al tomar como referencia el salario del siguiente nivel tabular al en que se hubieran desempeñado; sin embargo, atendiendo a la razón y a la lógica, se estima que resulta inverosímil lo aducido por la actora en el sentido de que por el simple hecho de acceder a su jubilación se le considere un sueldo que excede el doble del que recibía como trabajador en activo, lo que hace evidente que no sólo pretende que se le jubile con el siguiente nivel tabular, sino con una categoría superior a la que desempeñaba y con un salario mayor al que percibía, lo que no es acorde con el dispositivo contractual indicado.


SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 664/2010. Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C. (en liquidación). 19 de agosto de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: C.P.B.. Secretario: J.L.R.T..


Amparo directo 1131/2010. E.S.H.. 2 de diciembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: C.P.B.. Secretaria: S.I.R.C..


Amparo...

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