Tesis, Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1120 de Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito (Reiteración))

Número de registro916257
Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Cuando una cláusula del contrato colectivo de trabajo no precisa el tipo de salario que debe de pagarse en caso de retiro voluntario, pues únicamente señala que debe tomarse en consideración el último sueldo disfrutado, no puede estimarse, que el retiro debe cubrirse con el simple salario tabulado, sino que el sueldo que debe cubrirse, es el integrado con las prestaciones correspondientes, en los términos del artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.


Octava Época:


Amparo directo 251/87.-Industrial Minera México, S.A. de C.V. Planta San Luis.-14 de julio de 1987.-Unanimidad de votos.-Ponente: E.A.N.: G.A.M..


Amparo directo 374/89.-T.E. Espinoza.-17 de agosto de 1989.-Unanimidad de votos.-Ponente: E.A.N.: G.A.M..


Amparo directo 509/89.-F.G.R...

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