Tesis, Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 948 de Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro916085
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Laboral

Si en un juicio laboral se dicta el laudo respectivo y una de las partes lo reclama por medio del amparo directo, obteniendo la protección de la Justicia Federal para que se repare una violación cometida durante la secuela del procedimiento y se pronuncie nuevo laudo, este último debe resolver la controversia en su integridad y no limitarse a examinar aquel aspecto de la misma que dio motivo a que se concediera el amparo, porque el otorgamiento de éste hace desaparecer el primer laudo, como si nunca hubiera existido, lo que obliga a la responsable a dictar uno nuevo en que se cumpla con todos los requisitos que la ley exige para las resoluciones de esa naturaleza, ello independientemente de que en el nuevo laudo se repitan aquellos aspectos del primero que no fueron materia del juicio de garantías.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.


Novena Época:


Amparo directo 345/94.-A.A.N.M., S.A. de C.V.-12 de julio de 1994.-Unanimidad de...

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