Tesis, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 877 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito (Reiteración))

Número de registro916014
Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Tratándose del periodo de prehuelga no es factible plantear incidente alguno salvo lo relativo a la excepción de falta de personalidad que debe resolverse, como en la especie se hizo, en la audiencia de conciliación; de tal manera que las demás cuestiones vinculadas con la inexistencia de la huelga por no haberse cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 920 de la Ley Federal del Trabajo o por las causas señaladas en el diverso 459 ibídem, sólo puede plantearlas el patrón, dentro de las setenta y dos horas siguientes a la suspensión de labores, como expresamente ordena el artículo 929 de la ley en comento.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.


Novena Época:


Amparo en revisión 353/96.-Elba N.T.T. de agosto de 1996.-Unanimidad de votos.-Ponente: A.S.C..-Secretaria: Y.I.H..


Amparo en revisión 365/96.-M.S.G..-28 de agosto de 1996.-Unanimidad de votos.-Ponente: A.S.C..-Secretario: S.G.L..


Amparo...

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