Tesis, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 416 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro911349
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Procesal,Administrativa

Una excepción a la regla de que la fundamentación y motivación debe constar en el cuerpo de la resolución y no en documento distinto, se da cuando se trata de actuaciones o resoluciones vinculadas, pues, en ese supuesto, no es requisito indispensable que el acto de molestia reproduzca literalmente la que le da origen, sino que basta con que se haga remisión a ella, con tal de que se tenga la absoluta certeza de que tal actuación o resolución fue conocida oportunamente por el afectado, pues igual se cumple el propósito tutelar de la garantía de legalidad reproduciendo literalmente el documento en el que se apoya la resolución derivada de él, como, simplemente, indicándole al interesado esa vinculación, ya que, en uno y en otro caso, las posibilidades de defensa son las mismas.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.


Octava Época:


Queja 276/87.-Secretario de la Reforma Agraria y otras.-24 de marzo de 1988.-Unanimidad de votos.-Ponente: G.I.O.M.: C.C.S..


Reposición 7/87. Relativo al amparo directo 362/85.-Eléctrica S.M. de México, S.A.-31 de mayo de...

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