Tesis Jurisprudencial, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 740 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito (Reiteración))

Número de registro904721
Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Penal,Penal

La figura criminosa prevista en la fracción I del artículo 250 del código sustantivo vigente en el Distrito Federal, es de las llamadas por la doctrina como de naturaleza "acumulativamente formada", a virtud de que para configurarse es exigencia sine qua non, del vínculo de sus elementos constitutivos, a saber: Que alguien, sin ser funcionario público, se atribuya ese carácter; y además, que ejerza alguna de las funciones de tal. Ahora bien, si en la especie se acreditó tan sólo que el activo se ostentaba como agente de la Policía Judicial, sin serlo, para de esa forma intimidar a las víctimas y sustraerles sin derecho ni consentimiento sus pertenencias, proceder que ya previamente se había determinado por el grupo organizado permanentemente para delinquir y al cual pertenecía éste, es evidente que el primer elemento del tipo sí se integró a plenitud, mas lo propio no sucede con el segundo, si se atiende a que las funciones de dichos servidores públicos estriban en la persecución de los delitos (artículo 21 constitucional), mas no en cometer éstos; caso diverso sería si conjuntamente al hecho de hacerse pasar con el cargo referido (calidad de la que carecía), ejerciera las actividades concernientes al mismo, esto es, investigar los delitos y delincuentes, lo que en el caso...

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