Tesis Jurisprudencial, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 632 de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro904613
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Penal,Penal

El hecho de que el quejoso haya demostrado en el proceso ser delincuente primario y además persona honesta, mediante la testimonial de buena conducta que aportó, no obliga al juzgador a imponer la pena mínima, pues de lo contrario desaparecería el arbitrio judicial y la individualización de la pena no sería discrecional como lo establece el Código sustantivo Penal para el Estado de Puebla.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Octava Época:


Amparo directo 113/88.-J.L.R.R. de junio de 1988.-Unanimidad de votos.-Ponente: A.N.V.: J.A.E.R..


Amparo directo 106/90.-M.R.R. y otro.-3 de abril de 1990.-Unanimidad de votos.-Ponente: G.C.R.: H.S.R..


Amparo directo 44/90.-M.R.G. y...

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